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Consar: el Régimen de Inversión del Sistema de Ahorro para el Retiro

La Consar establece los límites máximos de inversión por clase de activo, los cuales se reducen conforme a la Siefore Generacional.

Publicado el 22 de mayo, 2026

Por: Abraham E. Vela Dib, economista y expresidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) es el principal sistema pensionario del país. Al cierre de febrero de 2026, el sistema administra 69.9 millones de cuentas individuales y un monto de activos administrados por 8.67 billones de pesos, equivalentes a aproximadamente el 20% del Producto Interno Bruto. Las Afore y sus Siefores son el segundo inversionista institucional del país, después de los bancos.

El régimen de inversión de los recursos es establecido por la Consar. El régimen se rige por tres principios fundamentales:  seguridad,  rentabilidad y diversificación; siempre procurando un abalance adecuado entre rendimiento y riesgo.

Las Siefores pueden invertir en las varias clases de activos: renta fija nacional, renta variable nacional e internacional , instrumentos bursatilizados, instrumentos estructurados, fideicomisos de inversión en bienes raíces y otros fideicomisos enfocadas en energía e infraestructura, valores extranjeros , derivados, y commodities.

El papel de la Consar

La Consar establece los límites máximos de inversión por clase de activo. Estos límites se reducen conforme a la Siefore Generacional de que se trate desde los trabajadores más jóvenes hasta los más próximos al retiro.


EL CEO la revista Mayo

Además, las Siefores están sujetas a métricas de riesgo como el Diferencial del Valor en Riesgo Condicional (DCVaR) y a un Coeficiente de Liquidez Mínimo con activos de alta calidad, según la Siefore Generacional de que se trate.

La alta concentración en valores gubernamentales refleja el hecho de que sus rendimientos —especialmente los de largo plazo y los ligados a la inflación— siguen siendo muy competitivos en términos ajustados por riesgo en comparación con otros activos nacionales o internacionales.

El régimen de inversión distingue dos conceptos relacionados pero distintos

Por un lado, los “valores extranjeros” se refieren a instrumentos emitidos por entidades del exterior están sujetos a un límite de inversión máximo para todo el sistema de 20% del activo total, y es uniforme para todas las Siefores y con una exposición máxima frente a un solo emisor extranjero del 5%.

La segunda categoría corresponde a “instrumentos en divisas”, que es una categoría más amplia y que incluye cualquier instrumento denominado en moneda extranjera, ya sea que se trate de un emisor nacional o extranjero. A partir de la actualización de octubre de 2024, los límites que siguen la trayectoria de las Siefores Generacionales varían entre 20 y 35%.

La evidencia disponible sugiere que en la actualidad los límites de inversión internacional no son del todo vinculantes para la mayoría de las Siefores, con excepción del límite aplicable a los instrumentos estructurados medidos por capital comprometido, donde las Afores ya operan prácticamente en el tope permitido. Este límite se elevó de 20% a 30% en la última actualización del régimen en 2024.

Afores no parecen llevar su exposición internacional al máximo permitido

Para los demás activos, las Afores no parecen llevar su exposición internacional al máximo permitido por varias razones. En primer lugar, la Consar establece límites prudenciales internos sobre los límites regulatorios (un límite antes del límite), lo que podría inducir un aprovechamiento subóptimo del régimen de inversión.

En segundo lugar, los gestores internacionales describen un mercado con potencial significativo, pero con fricciones estructurales importantes. Las más citadas son los vehículos para los que se exige estructurar el fondo de inversión como un fideicomiso mexicano listado en bolsa, con un proceso de lanzamiento que puede tomar de 6 a 12 meses y que dispensa presencia legal y operativa en México.

El requisito del 10% de inversión local en los CERPIs obliga a gestores con estrategias puras internacionales a construir o subcontratar capacidad de inversión en México.  Además, la mecánica de llamadas de capital en la legislación mexicana se aleja del estándar internacional y genera incertidumbre.

Otro aspecto estructural son las diferencias en la capacidad operativa de las Afore.  Las más grandes (XXI Banorte, Citibanamex, SURA, Profuturo) cuentan con equipos de inversión robustos y relaciones directas a nivel global con gestores de primerísimo nivel.

En cuarto lugar, es natural que los atractivos rendimientos que han venido ofreciendo los valores gubernamentales de largo plazo en México inhiban la exposición al riesgo internacional. Análogamente, si bien se permite el uso de derivados para la cobertura del riesgo cambiario en inversiones internacionales, la mayor complejidad se refleja en un mayor costo operativo.

Para leer el artículo completo consulta la revista EL CEO

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