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Política

Fondo de Pensiones para el Bienestar: Amafore explica qué pasará con los ahorros tras la decisión de la SCJN

La Amafore aclaró que los dueños o beneficiarios de las Afores inactivas retenidas podrán reclamar y recuperar su dinero en cualquier momento

Publicado el 14 de agosto, 2026

La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de ratificar la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar generó ciertas dudas por el uso de las afores de los trabajadores mexicanos.

Ya que se estableció que dicho fondo se quedará con algunas de las afores inactivas de personas de 70 a 75 años y que sea de vejez, a lo que el Máximo Tribunal del país determinó que solo será un cambio de administrador de las cuentas individuales para el retiro y que los trabajadores seguirán con acceso a ese dinero.

Al respecto, Guillermo Zamarripa Escamilla, presidente de la Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro (Amafore), explicó que es una cuestión técnica y un “punto legal muy fino”, ya que dicho dinero sigue en propiedad de los jubilados o de sus familiares y solo tendrían que reclamarlo.

La manera en que se ha comentado ha generado confusión y por eso es importante aclararlo y decir que la ley lo que prevé es esto. ¿Por qué dijeron en la Corte que si es constitucional? Porque el Fondo de Pensiones para el Bienestar no rompe con el principio de que las cuentas individuales no prescriben”, señaló el presidente de Amafore.

En entrevista para EL CEO, Zamarripa Escamilla dijo que el régimen de cuentas abandonadas es común con los entes financieros y que el derecho a reclamar las cuentas no se extingue.


EL CEO la revista Julio

¿Qué fue lo que se acabó diciendo en la ley? Que si una cuenta va al Fondo de Pensiones para el Bienestar y llega la persona titular de la cuenta o sus beneficiarios en caso de fallecimiento, los recursos se le tienen que regresar”, comentó Zamarripa Escamilla.

SCJN aprueba Fondo de Pensiones para el Bienestar

En la sesión del pasado miércoles 12 de agosto, la Suprema Corte determinó avalar la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, ya que los ministros indicaron que solo se traspasa el administrador de dichos fondos y se mantienen a propiedad de los empleados con afores.

“Los recursos continúan siendo en todo momento propiedad de las personas trabajadoras o pensionadas, en ese sentido, a partir del estudio del decreto imputado, se advierte que la reforma no autoriza la apropiación por el Estado de las cuentas individuales ni extingue el derecho de sus titulares, únicamente modifica la forma en que determinados recursos no reclamados son administrados”, indicó la ministra Ortiz Ahlf.

En la discusión el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía mencionó que el hecho de que los recursos no reclamados de cuentas de Afores se transfieran al fondo de pensiones del Bienestar, “no desconoce el derecho de propiedad de las personas trabajadoras”.

“La reforma modifica únicamente el mecanismo de administración de esos recursos y preserva en todo momento la titularidad del derecho de las personas trabajadoras o sus beneficiarias a reclamarlas”, indicó el ministro Figueroa Mejía.

La SCJN avaló la creación del Fondo de Pensiones del Bienestar./ Fotoarte: Diego Gómez.

Fondo en beneficio de los trabajadores

El Fondo de Pensiones para el Bienestar se creó en 2024 con el propósito de que los trabajadores pudieran jubilarse con el 100% del sueldo que recibieron en su último trabajo, ya que el dinero faltante de las pensiones lo daría dicho fondo.

Este instrumento es administrado por el Banco de México (Banxico) y obliga a que instituciones como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) procuren que los empleados que alcancen los 65 años y se jubilen reciban su sueldo íntegro.

Sin embargo, en el caso de subcuentas de personas de edad avanzada y de vejez que alcancen los 70 años en el caso del IMSS y 75 en el caso del ISSSTE, esos recursos entraran en automático al Fondo de pensiones para el Bienestar.

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Gerardo Farell

Reportero especializado en Justicia y Política, con experiencia cubriendo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y el extinto Consejo de la Judicatura Federal (CJF). Actualmente cubre el Nuevo Poder Judicial y todo lo político en México.

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