La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó revisar la reforma de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) al Poder Judicial. Esto incluye el proceso de aprobación del Legislativo así como la publicación del proyecto en el Diario Oficial de la Federación por parte del Ejecutivo.

En la sesión pública, se determinó con 8 votos a favor y 3 en contra, la consulta al trámite 4/2024. Quienes votaron en contra fueron las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Lenia Batres Guadarrama.

La revisión obedece a una solicitud de Jueces de Distrito y Magistrados de Circuito. Según los jueces, existe un mandato legal que obliga al Pleno de la Corte a garantizar la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación, así como la independencia de sus titulares.

Esta revisión se trata del primer revés jurídico al que se enfrenta el nuevo gobierno de Claudia Sheinbaum Pardo.

El 4 de septiembre en una sede alterna a la Cámara de Diputados de San Lázaro, se aprobó la reforma al Poder Judicial. Mientras que el 11 de septiembre quedó avalado en el Senado.

Sin embargo, para la discusión del proyecto de reforma en el Legislativo habían al menos tres órdenes de suspensión, un factor que debió impedir el debate.

“Ignorar esta suspensión podría llevar a un desacato legal y tener consecuencias graves”, dijo en su intervención en la Cámara de Diputados, Jericó Abramo Masso del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Argumentos presentados para la revisión a la reforma al Poder Judicial 

La ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández enfatizó que la revisión tiene fundamento en la Constitución, ya que el Poder Judicial  es autónomo y tiene facultades para revisar reformas. 

La ministra  Lenia Batres Guadarrama también intervino, enfatizando que no hay criterios para hacer la revisión y que sí se hace, debe tomarse como “un golpe de estado” al Poder Ejecutivo.

Por su parte, la ministra Ana María Ríos Farjat señaló que este momento representa una oportunidad histórica para el derecho constitucional mexicano. 

“Los debates actuales son un producto directo de la reforma judicial reciente y que, sin este cambio, no se habrían presentado estas consultas”, comentó.

¿De qué trata el proyecto de reforma al Poder Judicial?

El proyecto presentado por AMLO en febrero de este año, establece un proceso de elección por voto popular para los cargos de magistrados de circuito, jueces de distrito, y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). 

Este proceso será llevado a cabo bajo la supervisión del Instituto Nacional Electoral (INE). Uno de los puntos clave del dictamen es la reducción del número de ministros de la SCJN, pasando de 11 a 9, quienes tendrán un periodo de 12 años en sus cargos.

Además, se estipula que las autoridades competentes tendrán un plazo máximo de seis meses para dictar sentencias. En caso de no cumplir con este plazo, deberán informar al Tribunal de Disciplina Judicial y justificar las razones de la demora, o bien, dar vista al órgano interno correspondiente.

La reforma también establece los requisitos necesarios para ser electo como magistrado de circuito, juez de distrito, o magistrado del Tribunal de Disciplina Judicial, así como los mecanismos para la designación en casos de defunción, renuncia, o ausencia definitiva de alguno de sus integrantes.

En cuanto a la administración y control interno del Tribunal Electoral, el dictamen señala que esta responsabilidad corresponderá al órgano de administración judicial, mientras que los temas relacionados con la disciplina del personal estarán a cargo del Tribunal de Disciplina Judicial.

Este tribunal será el encargado de resolver conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores, así como entre la SCJN y sus empleados.

El Tribunal de Disciplina Judicial también tendrá la facultad de investigar, sustanciar, y sancionar a los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación que incurran en actos u omisiones contrarias a la ley, al interés público, o a la adecuada administración de justicia.

Además, el órgano de administración judicial, que contará con independencia técnica y de gestión, será responsable de la administración, carrera judicial, y control interno del Poder Judicial, incluyendo la determinación del número y división de circuitos y la competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito de apelación y juzgados de distrito.

Esta historia se actualizó a las 16:40 horas.

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