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TV Azteca, Televisa y estaciones de radio conservarán independencia editorial, pero CRT mantendrá vigilancia sobre contenidos

La CRT indicó que las nuevas disposiciones no intervienen en el trabajo periodístico ni en la línea editorial de los medios.

Publicado el 31 de agosto, 2026

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) eliminó la obligación o prohibición de no difundir información falsa o descontextualizada, por lo que medios de comunicación como Tv Azteca, Televisa y estaciones de radio podrán continuar con su independencia editorial.

En días pasados, se publicó de forma oficial en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, en donde se planteó un marco para la protección de las audiencias, sin intervenir directamente en los contenidos de los medios.

CRT asegura independencia editorial

De acuerdo con la CRT, las nuevas disposiciones buscan que televidentes y radioescuchas puedan ejercer sus derechos mediante un procedimiento para presentar observaciones, sugerencias, peticiones, señalamientos o quejas ante los medios de comunicación.

Estas disposiciones no intervienen en el trabajo periodístico ni en la línea editorial de los medios”, señaló la CRT.

Con ello, empresas como TV Azteca, Televisa y otros medios mantendrán su independencia editorial, aunque deberán cumplir con diversas obligaciones relacionadas con la protección de las audiencias.


EL CEO la revista Julio
Fotoarte: Mariana Flores

CRT mantendrá vigilancia de contenidos

La eliminación de la prohibición sobre información falsa no significa que los medios queden sin obligaciones, sino que los nuevos lineamientos mantienen diversas reglas que estarán bajo supervisión.

Aunque la autoridad no revisará ni retirará directamente contenidos por su carácter informativo, los medios deberán mantener mecanismos para atender las inquietudes de sus audiencias, como códigos de ética obligatorios, en donde establezcan principios y valores que rigen sus contenidos.

También deberán diferenciar contenidos, utilizando recursos visuales para informar a las audiencias cuando se trata de publicidad, información noticiosa o sobre contenidos de opinión, así como tener mecanismos correspondientes para recibir y atender observaciones o quejas de sus audiencias.

Multas de hasta 1% de los ingresos

Los nuevos lineamientos también contemplan un esquema de sanciones económicas, en donde las multas pueden ir de 0.01% hasta 1% de los ingresos del concesionario, dependiendo de la infracción que se realice.

Entre las conductas que pueden generar una sanción se encuentran la falta de un código de ética o de un defensor de las audiencias, así como el incumplimiento de determinadas obligaciones relacionadas con el sistema de protección.

Sin embargo, las sanciones pueden cancelarse cuando el concesionario subsane la omisión antes de que intervenga la autoridad. Además, para una primera infracción considerada de baja gravedad, los lineamientos contemplan la posibilidad de emitir un aviso preventivo.

¿Cuándo entran en vigor?

Según lo explicado, los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias entrarán en vigor 30 días naturales después de su publicación en el DOF, es decir, entrarán en vigor a finales de septiembre.

Con estos Lineamientos, el país fortalece un marco democrático orientado a la salvaguarda de los derechos de las audiencias, garantizando plenamente la libertad de expresión, así como la autonomía editorial de los medios”, puntualizó el organismo.

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