El Sistema de Administración Tributaria (SAT) es preciso con la normatividad fiscal ya que así la hace cumplir, especialmente cuando se trata de conceptos como el pago de impuestos y declaración anual.

A pesar de esto, hay contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones, lo que podría derivar en inconvenientes con el órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Por lo mismo, el SAT responde mediante su sitio web una de las preguntas que recibe con mayor frecuencia: ¿podría embargar a los morosos?

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SAT y las sanciones por no pagar impuestos

El organismo explica que omitir los pagos mensuales de los impuestos en el tiempo establecido implica la generación de recargos; esto quiere decir que el servicio tributario funciona como una compañía a la que se le adeuda una cantidad, ya que hay “recargos” por incumplimiento.

Esta medida aplica para las personas físicas con servicios profesionales, es decir, aquellas que reciben un salario por sus servicios o incluso quienes trabajan de manera independiente y reciben pagos por honorarios. 

Multas por no cumplir con la declaración anual 2024

Con respecto a la declaración anual 2024, el SAT expone que los contribuyentes deben efectuarla para cumplir con la normativa fiscal; de esta manera, dan a conocer sus movimientos durante el ejercicio fiscal 2023, que va del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.

La declaración anual debe ser realizada por las personas físicas que cumplen los siguientes requisitos: ofrecen servicios profesionales, hacen actividades empresariales o cuentan con el Régimen Simplificado de Confianza.

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Fotoarte: Andrea Velázquez.

También quienes cobran por la renta de un inmueble, obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación, tienen un sueldo que rebasa los 400,00 pesos, recibieron ingresos por salario, trabajaron con dos o más patrones de manera simultánea o percibieron un sueldo de empresas del extranjero.

En caso de no cumplir con esta obligación fiscal, los contribuyentes se hacen acreedores a multas que van desde los 1,400 hasta los 34,730 pesos, de acuerdo con el motivo y la omisión.

Adicionalmente, el SAT indica que, en el caso de las personas físicas, la declaración anual se realiza hasta el 30 de abril. Después de esta fecha, se aplican las multas.

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