El reparto de utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho constitucional que tiene sus inicios en 1962 y que se encuentra presente en el artículo 123 de la Constitución mexicana. Este derecho implica que los trabajadores reciben una parte de las ganancias de la empresa.

El derecho al reparto de utilidades está respaldado por la Ley Federal del Trabajo en el capítulo VIII, Artículo 117, que menciona que aplica a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en una empresa cuyas utilidades netas fueron de 300,000 pesos según su declaración fiscal y que tengan más de un año en funcionamiento.

Utilidades
Fotoarte: Andrea Velázquez

¿Cómo se calculan las utilidades?

Para saber cuánto dinero recibirá cada trabajador de las utilidades de una empresa, es necesario que la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas determine qué porcentaje de las ganancias de las empresas serán destinadas a este fin; en la actualidad es equivalente al 10%.

Luego de conocer el porcentaje, las empresas dividirán este monto en 2 partes. La primera parte se divide entre los trabajadores por igual tomando en cuenta los días trabajados sin importar el sueldo; y la segunda, se divide entre los trabajadores de manera proporcional a su sueldo

Una vez calculado el pago, las compañías pueden optar por topar la cantidad a tres meses de salario en caso de que exceda esta cantidad, o entregar un monto equivalente al promedio de lo pagado de utilidades en los últimos tres años

reparto de utilidades en México
Fotoarte: EL CEO

¿A quién no aplica esta prestación?

Si bien, el pago de utilidades es un derecho constitucional, no todos los trabajadores son acreedores a este. Los que no reciben utilidades son los siguientes:

  • Trabajadores que hayan laborado menos de 60 días en la empresa.
  • Trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales, profesionistas, artesanos, y técnicos que reciban su pago por honorarios y que presten sus servicios sin existir una relación de trabajo de subordinado-patrón.
  • Trabajadores que laboren en empresas con menos de un año de haber sido creadas.
  • Trabajadores que laboren en empresas cuyo capital sea menor al establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Es importante mencionar que, en caso de no recibir el pago de utilidades, el trabajador tendrá un plazo no mayor a un año para reclamar, contando desde la fecha límite que tienen las empresas para pagar.

Límite de tiempo de pago del reparto de utilidades

En el caso de 2024, si los empleadores son personales morales, tienen hasta el 31 de mayo para pagar las utilidades, pero si se encuentran dados de alta como personas físicas, la fecha para depositarlas será hasta el 29 de junio.

Para hacer la reclamación, el trabajador deberá comunicarse con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) llamando al 800 717 2942 o al 800 911 7877, o mandando un mensaje por WhatsApp al 5514848737. De igual forma se puede mandar un correo a orientacionprofedet@stps.gob.mx o asistir de manera presencial a una de las oficinas de la PROFEDET.

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