Reparto de utilidades: ¿Qué es y cuándo debe pagarse a los trabajadores?
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Reparto de utilidades: ¿Qué es y cuándo debe pagarse a los trabajadores?

Reparto de utilidades: ¿Qué es y cuándo debe pagarse a los trabajadores?

El reparto de utilidades, según explica el Gobierno de México, es un derecho constitucional de todos los trabajadores. Se refiere al pago de una parte de las ganancias que tuvo la empresa en un año. Este debe ser distribuido entre los empleados que hayan laborado en la misma fracción de tiempo en que se generó el ingreso.

Este derecho proviene del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), el cual establece que los trabajadores tienen derecho a una participación en las utilidades de las empresas. Para su cumplimiento, las leyes disponen de fechas, porcentajes y condiciones en las que debe realizarse el reparto de utilidades.

La página gubernamental explica que el pago de utilidades se da debido a que los empleados aportan a la actividad de la empresa. De esta forma, también deben gozar de una fracción de las ganancias.

Qué es el reparto de utilidades y cuándo debe pagarsee
Fotoarte: Andrea Velázquez

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¿Cuándo se paga el reparto de utilidades?

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el reparto de utilidades debe liquidarse a los empleados a más tardar el 30 de mayo, en caso de tener como patrón a una empresa o persona moral. Los trabajadores que laboren para personas físicas, tendrán que recibir sus utilidades antes del 29 de junio.

En caso de no recibir el pago correctamente, la STPS explica que el trabajador podrá iniciar un reclamo. Con base en la Ley Federal del Trabajo (LFT), los empleados tendrán un plazo de un año para reclamar el pago de las utilidades que no se haya efectuado. Este tiempo comienza a correr a partir del día siguiente a la fecha límite de pago, es decir, el 31 de mayo o 30 de junio.

El no cumplir con el reparto de utilidades en tiempo y forma, podrá generar multas de entre 250 y 5,000 UMA para el patrón o empresa, explica la STPS.

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Esta es la cantidad de dinero que hay que recibir

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social explica que el 10% de las utilidades netas generadas por la empresa o patrón deberán ser repartidas entre los trabajadores.

El total se debe dividir en dos partes iguales. El 5% se repartirá de forma equitativa entre todos los trabajadores, basándose en el número de días que trabajaron durante el año incluyendo cualquier periodo de descanso y días festivos. La otra mitad deberá liquidarse de manera proporcional a los salarios que tuvieron los trabajadores durante ese año. En caso de los trabajadores que tienen salarios variables, se basará en un promedio del mismo.

El organismo gubernamental recuerda que el reparto de utilidades se realiza con base en el salario diario sin ningún adicional. Es decir, no se tomarán en cuenta otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones o primas. Además, en caso de que la cantidad a recibir supere las 15 UMA, será objeto de Impuesto Sobre la Renta.

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¿Qué personas no deben recibir reparto de utilidades?

De acuerdo con la STPS, este beneficio aplicará para todos los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el año en que se hayan generado los ingresos de la empresa. Además, las compañías y patrones que no hayan logrado generar utilidades de más de 300,000 pesos, no tendrán la obligación de repartirlas entre los empleados.

Las empresas que cuenten con menos de un año de funcionamiento, no requerirán de repartir sus ganancias entre los trabajadores. Adicionalmente, los trabajadores de cualquier institución pública o privada con fines culturales, de asistencia, de beneficencia o humanitaria, no dispondrán de un reparto de utilidades.

Las personas que realicen trabajo doméstico tampoco serán acreedoras al reparto de utilidades. De igual forma, cualquier puesto ejecutivo, administrativo o gerencial estará exento de gozar de este beneficio. La STPS recuerda que este derecho es exclusivo para los trabajadores vía nómina, por lo que quienes realicen actividades por honorarios no podrán reclamarlo.

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