
CNA multa a Rappi y Banorte con 19.9 mdp por concentración sin autorización previa
Ante la sanción, Rappi y Banorte podrán interponer las acciones judiciales correspondientes ante los tribunales especializados en la materia.
La Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) sancionó a Tecnologías Rappi y al Banco Mercantil del Norte (Banorte) con una multa total de 19.9 millones de pesos por realizar una concentración sin autorización previa.
De acuerdo con el organismo, la operación se llevó a cabo el 20 de julio de 2020, cuando Banorte adquirió la facultad de intervenir en decisiones del negocio de tarjetas de crédito de Rappi, sin que la transacción fuera analizada ni autorizada previamente por la autoridad.
El control previo de concentraciones es un mecanismo preventivo esencial que tiene la finalidad de proteger a consumidores y empresas de potenciales condiciones anticompetitivas”, indicó la CNA.
El organismo añadió que cuando dos empresas se concentran, esa decisión puede cambiar los precios, la calidad y las opciones en el mercado, y una vez ejecutada la operación, sus efectos pueden ser difíciles de revertir.
Por lo anterior, la ley exige que ciertas operaciones se notifiquen y esperen la resolución de la Comisión antes de realizarse.
Esta obligación no es un trámite opcional ni una formalidad menor; es un deber legal que aplica por igual a todas las empresas. Al evitar cumplirla, las partes ponen en riesgo a los consumidores y empresas que la ley busca proteger”, agregó la CNA.
Alianza con antecedente
El 22 de junio de 2020, Banorte informó sobre un acuerdo de alianza estratégica con Rappi mediante la cual ambas empresas serían accionistas (50%-50%), para formar una sociedad de servicios financieros digitales, inicialmente para los clientes de Rappi.
En su momento, el banco mexicano dijo que el acuerdo estaba sujeto a la obtención de las autorizaciones regulatorias aplicables por parte de las autoridades financieras y de competencia económica.
Más adelante, en 2025, Banorte optó por adquirir 44% de la propiedad de Tarjetas del Futuro (TDF), compañía detrás de RappiCard.
Ante la reciente sanción de la CNA, tanto Rappi como Banorte podrán interponer las acciones judiciales correspondientes ante los tribunales especializados en la materia.
Con esta sanción, la Comisión Nacional Antimonopolio reafirma su compromiso de hacer cumplir las normas que promueven mercados competitivos, especialmente en sectores tan relevantes para las actividades económicas como es el financiero”, dijo el organismo en su comunicado de este 24 de mayo.
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