América Móvil confirmó que el Instituto Federal de Telecomunicaciones le impuso una multa de 1,311.8 millones de pesos a su subsidiaria Teléfonos del Noroeste S.A de C.V (Telnor) derivado de un proceso de sanción.

En el documento, la compañía señaló que dicho procedimiento se inició por el supuesto incumplimiento a la disponibilidad de información de cierta infraestructura pasiva en el Sistema Electrónico de Gestión (SEG), utilizado para la contratación de servicios mayoristas de Telnor.

Esta arbitraria, ilegal y desproporcionada multa afecta la certeza y seguridad jurídica en un sector que requiere de importantes inversiones para su desarrollo y evolución

aseguró América Móvil en un comunicado. 

La empresa controlada por Carlos Slim Helú precisó que América Móvil y Telnor “no comparten la forma en que se desahogó el procedimiento, donde se advierten faltas importantes al debido proceso, ni la resolución aprobada por los Comisionados del IFT”.

Por esa razón, el gigante de telecomunicaciones aseguró que hará valer todos los medios legales a su alcance en contra de esta multa.

Esta es la segunda multa más alta que el regulador impone a América Móvil, pues en diciembre de 2018 impuso a Telmex una multa de 2,543 millones de pesos.

Lo anterior, por un incumplimiento entre 2013 y 2014 a ciertas metas mínimas de calidad de servicios de enlaces establecidas por la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones para el periodo 2011-2014.

La sanción

Por su parte, el IFT detalló en un comunicado que resolvió imponer a Telnor esta sanción por no poner a disposición del regulador y de concesionarios solicitantes parte de la información relativa a postes y pozos, la cual es parte de la infraestructura que está obligado a compartir al ser parte del Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones.

En ese sentido, el Pleno determinó que, al 30 de septiembre de 2017, Telnor no puso a disposición del IFT y concesionarios 60% de la información que debía reportar en el SEG relativa a la infraestructura de postes y pozos.

Dicha obligación está prevista en la Resolución Bienal aprobada en 2017, la primera tras la denominación de la preponderancia y la emisión de las medidas asimétricas.