La jubilación es uno de los momentos más esperados en la vida de muchos trabajadores mexicanos. Ya sea que cuenten con seguridad del IMSS o ISSSTE, los empleados esperan cumplir con los requisitos para recibir una pensión y disfrutar de su vejez sin la necesidad de continuar laborando.
En el caso de los empleados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), también es posible acceder a una pensión. Sin embargo, esta cuenta con algunos requisitos y modalidades específicas, si se compara con las de otros servicios de seguridad social.
¿Qué regímenes de pensión hay en el ISSSTE?
En la actualidad, hay dos tipos de regímenes para las pensiones del ISSSTE:
- Ley de 1983. Contemplaba una remuneración base a los trabajadores con más de 30 años de servicio; o bien, el monto proporcional a aquellos con más de 15 años. Aplica para personas que comenzaron a laborar entre 1983 y 2006.
- Ley de 2007. Una modalidad de capitalización individual, que junta recursos de ahorro propios del trabajador con aportaciones gubernamentales. Es aplicable a las personas que entraron a partir de ese mismo año.
Las modalidades de la ley 2007
De acuerdo con información propia del instituto, existen tres modalidades de pensión del ISSSTE para aquellas personas que comenzaron a cotizar después del año 2007:
- Pensión por retiro anticipado. Es para personas que no cumplen con edad ni tiempo de cotización para otras personas. El monto de su ahorro en cuenta individual debe ser superior al 30% de la pensión garantizada.
- Pensión por vejez. Se ofrece a personas con más de 65 años y 25 años de cotización en el ISSSTE.
- Pensión por cesantía en edad avanzada. Pueden tramitarla a partir de los 60 años con un mínimo de 25 años de cotización.
Estos trabajadores pueden optar por un modo de renta vitalicia o de retiro programado. El primero se refiere a contratar a una aseguradora que recibe los recursos acumulados y paga una pensión de por vida al pensionado; mientras que el otro contrata a una afore que obtendrá rendimientos y pagará hasta agotar los recursos.
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