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Nuevos lineamientos de la CRT aún generan riesgo para independencia editorial, advierte la AIMX

Los artículos 47 y 52 publicados en el DOF por la CRT, se identifican como dos potenciales disposiciones que generan incertidumbre en el sector.

Publicado el 1 de septiembre, 2026

Aunque la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) ajustó los Lineamientos Generales para la Garantía de los Derechos de las Audiencias, estos todavía mantienen facultades que podrían interceder en las decisiones editoriales de los medios de comunicación, advirtió la Asociación Mexicana de Internet (AIMX).

En una publicación de Reforma, Julio César Vega Gómez, director general de la AIMX, señaló puntualmente dos disposiciones que generan incertidumbre: se trata de los artículos 47 y 52 de los lineamientos recientemente publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), debido al alcance de las atribuciones que contemplan.

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Fotoarte: Mariana Flores

Riesgo de independencia editorial

El artículo 47 establece que la persona defensora de las audiencias puede determinar si un contenido, programa o publicidad vulnera los derechos de las audiencias y, a partir de ello, recomendar su rectificación o modificación.

En caso de que, a consideración de la Persona Defensora se hayan transgredido derechos de las Audiencias, ésta emitirá una Recomendación a la Concesionaria de Televisión Abierta y Radio, para efectos de que rectifique o modifique el Contenido, Publicidad o programa motivo de la Queja, proponiendo las acciones correctivas que estime pertinentes”, se lee en el DOF.

Por su parte, el artículo 52 faculta a la CRT para realizar monitoreos, formular requerimientos o llevar a cabo “cualquier otra actuación que sea necesaria” para verificar el cumplimiento de las disposiciones.


EL CEO la revista Julio

En ese sentido, algunos analistas aseguran que el problema radica en el marco de interpretación que permite este tipo de lineamientos, ya que no están del todo establecidas las facultades.

El director general de la AIMX advirtió que una interpretación expansiva de estas facultades podría generar un efecto inhibitorio sobre las decisiones editoriales, lo que sugiere que algunos medios de comunicación corren el riesgo de mantener una independencia editorial, ya que es probable que algunos contenidos deriven en requerimientos y acciones regulatorias.

Tutela externa, limitada al procedimiento

Por otro lado, Gabriel Sosa Plata, investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) y defensor de audiencias, planteó una preocupación distinta sobre el nuevo marco regulatorio para los derechos de las audiencias.

Desde su perspectiva, considera que la tutela externa de los derechos de las audiencias quedó predominantemente limitada al procedimiento, lo que deja un espacio para cuestionar qué ocurre cuando una defensoría recibe alguna inconformidad.

En los hechos, esto aparece cuando una defensoría atiende formalmente una queja, pero la desestima de manera indebida, por lo que la audiencia no cuenta con una vía clara para obtener una revisión de fondo de la resolución o determinación acordada con las concesionarias.

CRT aseguró independencia editorial

De acuerdo con la CRT, las nuevas disposiciones buscan que televidentes y radioescuchas puedan ejercer sus derechos mediante un procedimiento para presentar observaciones, sugerencias, peticiones, señalamientos o quejas ante los medios de comunicación.

Estas disposiciones no intervienen en el trabajo periodístico ni en la línea editorial de los medios”, señaló la CRT.

Con ello, empresas como TV Azteca, Televisa y otros medios aparentemente mantendrán su independencia editorial, aunque aún existe preocupación por parte de entes del sector, quienes consideran que la amplitud de las disposiciones podría vulnerar la elección y libertad de los contenidos. 

Con información de Reforma

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