
¿Tienes doble ciudadanía? Así cambiarían los requisitos para buscar la Presidencia con la reforma de Claudia Sheinbaum
La propuesta pretende eliminar la posibilidad de que una persona con doble nacionalidad pueda ejercer como titular del Ejecutivo Federal.
La propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum, que busca eliminar la doble nacionalidad para las personas que quieran ser titulares del Ejecutivo Federal, está cada vez más cerca de convertirse en realidad.
Este martes, la propuesta fue aprobada por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, por lo que ahora pasará a la Mesa Directiva para su discusión, prevista para el próximo 21 de septiembre.
El dictamen fue aprobado con 25 votos a favor, la mayoría de diputados de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), y cinco en contra.
Con esto, el gobierno podría modificar los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para añadir requisitos para que una persona pueda ser titular del Ejecutivo Federal.
¿Personas con doble nacionalidad podrían ser presidente? Esto dice la propuesta de Claudia Sheinbaum
La iniciativa de la presidenta Sheinbaum no desconoce la nacionalidad mexicana de una persona que tenga doble nacionalidad; sin embargo, sí limita su participación en caso de que no quiera renunciar a su segunda ciudadanía.
La propuesta modifica el artículo 82, que establece los requisitos para ocupar la Presidencia. La reforma especifica que para ocupar este cargo se debe tener la nacionalidad mexicana por nacimiento y no contar con otra ciudadanía.
En caso de tener doble nacionalidad, la persona deberá renunciar a la otra ciudadanía antes de solicitar su registro como candidato o candidata a la Presidencia.
Además, se establece que quien ocupe este puesto “no podrá adquirir ni solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante autoridad extranjera una nacionalidad distinta de la mexicana”.
Este posible cambio a la Constitución no impediría que las personas con doble nacionalidad puedan ejercer libremente sus derechos políticos o aspirar a otros cargos públicos, como una diputación, una senaduría, la titularidad de una Secretaría de Estado u otro puesto político.

¿Sólo será para la Presidencia? Los puestos que afectará la iniciativa de Claudia Sheinbaum
La iniciativa de la mandataria no sólo afectaría el proceso para elegir al titular del Ejecutivo Federal, sino que también tendría impacto en otros puestos de elección popular.
La reforma prevé modificar el artículo 116, que establece los requisitos para ser gobernador de alguna entidad. Si se aprueba, las personas que quieran gobernar un estado también tendrán que renunciar a su doble nacionalidad para conservar únicamente la mexicana.
Esto también afectará a quien ocupe la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México (CDMX), ya que la iniciativa también contempla modificar el artículo 122 de la Carta Magna.
Las razones de la nueva reforma
La presidenta Claudia Sheinbaum afirmó que esta iniciativa busca que las personas que quieran ser electas como presidentes o gobernadores tengan como principal prioridad el bien de México y no mantengan intereses que puedan afectar el ejercicio de sus funciones.
Actualmente en la Constitución no queda claro —y ha habido gobernadores que tienen doble nacionalidad— no queda claro que deben renunciar a la otra nacionalidad, antes de ser candidato (…) Debe renunciar a otra ciudadanía, si es que la tienen, y solamente quedarse con la nacionalidad mexicana, para garantizar que el interés de la nación esté por encima de cualquier otro”, detalló la presidenta en su conferencia desde Palacio Nacional.
Requisitos para ser presidente o presidenta
- Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
- Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección.
- Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección. La ausencia del país hasta por treinta días, no interrumpe la residencia.
- No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto.
- No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, Fuerza Aérea, Armada y Guardia Nacional, seis meses antes del día de la elección.
- No tener o haber tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la titularidad del Ejecutivo Federal en ese momento.
También lee:





