El Senado le enmendó la plana a la Cámara de Diputados al aprobar con cambios la Ley de Ingresos, la miscelánea fiscal y reformas a la Ley Federal de Derechos para el ejercicio fiscal de 2020, por lo que regresaran a la Cámara baja para su revisión.
La Ley de Ingresos, que no incluye nuevos impuestos, ni aumentos a los vigentes, fue avalada con 59 votos a favor, 32 en contra y cinco abstenciones, de acuerdo con un comunicado del Senado.
En tanto, las reformas a disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos se aprobaron sin cambios, y se envió el proyecto al Ejecutivo federal para su promulgación.
Detienen propuesta para regularizar autos “chocolate”
El pleno de la Cámara alta dio reversa al transitorio aprobado en la Cámara de Diputados que daba un plazo de ocho meses al Congreso para hacer las adecuaciones necesarias a fin de regularizar los usados extranjeros que violan la Ley Aduanera.
Eliminan cobro de derechos por uso de agua en sector agrícola
Los senadores echaron para atrás los cambios planteados por los diputados a la Ley Federal de Derechos para el cobro de derechos por el uso o aprovechamiento de aguas nacionales en el sector agrícola y pecuario.
Reducción a tasa de ISR para apps
El Senado avaló en lo general y los artículos no reservados la miscelánea fiscal, que incluye reformas a las Leyes del Impuesto Sobre la Renta (ISR), al Impuesto al Valor Agregado (IVA), del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, así como al Código Fiscal de la Federación.
Aceptó un cambio al artículo 113 de la Ley del ISR para aplicar una tasa de retención máxima del 5.4%, y no del 15%, a los ingresos que reciben los contribuyentes que enajenan bienes o prestan servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas o aplicaciones.
Además modificó disposiciones transitorias de las leyes del ISR y del IVA, a fin de que, a más tardar el 31 de enero de 2020, en lugar del 1 de marzo, como lo propusieron los diputados, el Servicio de Administración Tributaria publique las reglas de carácter general para los capítulos relativos a la prestación de servicios de plataformas digitales residentes en el extranjero, que no tienen establecimiento en México.
Eliminan alza en cobro a visitantes extranjeros
La Cámara alta mantuvo en la Ley Federal de Derechos el cobro de 558 pesos a extranjeros por la obtención del documento migratorio que acredita la condición de estancia de “visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”.
Con ello, se suprimió el aumento que la Cámara de Diputados había establecido para que el pago fuera de 855 pesos.
El Senado también avaló que se precise que los extranjeros no pagarán los derechos señalados en el artículo 8 de la ley cuando estén bajo la condición de residente temporal estudiante, y cuando sea bajo los convenios de cooperación o intercambio educativo, cultural y científico.
Tampoco se pagarán esos derechos cuando ingresen a territorio nacional vía terrestre y siempre que su estancia no exceda los siete días. En caso de que se rebase este periodo, el derecho se pagará al momento de la salida del país.
Los senadores respaldaron que la cuota que cobra el Instituto Nacional de Migración a pasajeros de vuelos internacionales que abandonan México sea de 149.02 pesos, en lugar de 380 pesos, como lo consideraron los diputados. Actualmente, los extranjeros deben pagar 77.91 pesos por este concepto.
Agregaron que de los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho de “visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas”, 20% se destinará al instituto para mejorar sus servicios.
El 80% restante se invertirá en estudios, proyectos e inversión en infraestructura que determine el gobierno federal, para conectar, fortalecer y generar accesibilidad, y para iniciar o mejorar los destinos turísticos del país.