Carlos Romero Deschamps renunció este miércoles al Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), abriendo la posibilidad a un cambio de directiva en los próximos días y dejando dudas sobre quién será su sucesor.
Se perfila que Manuel Limón Hernández, quien fuera tesorero de la organización gremial hasta el año pasado, ocupe el cargo temporalmente. Sin embargo, no existen mecanismos claros para designar a un sucesor permanente de Romero Deschamps.
Las normas del sindicato dictan que, en caso de renuncia del secretario general, el Comité ejecutivo general debe llamar a un suplente, pero no establece el procedimiento que debe llevarse a cabo para su elección.
El ‘pase automático’ solo se podría dar en caso de que la ausencia del titular fuera mayor a 30 días, según la Fracción I del artículo 151 de los estatutos.
La Fracción III del artículo 151 de los estatutos del STPRM indica que en caso de ausencia definitiva de cualquier miembro del Comité ejecutivo general, los otros miembros del propio comité deben elegir a su sustituto, quien permanecerá en el cargo hasta el 31 de diciembre de 2024.
Así, los funcionarios sindicales encargados de la elección del nuevo secretario general son Daniel Aguado Rojas, secretario del Exterior, Raúl Ramírez Rangel, secretario del Trabajo, Luis Ricardo Aldana, secretario Tesorero, Eleuterio de la Rosa, secretario de Organización y Estadística, Adrián Flores, del cuerpo de Educación y Previsión Social y Francisco Javier Carballo, del Cuerpo de Ajustes, además del propio Manuel Limón Hernández.
Lo que le falta es un mecanismo claro para la elección de los funcionarios sustitutos del Comité ejecutivo para garantizar que quien quede a cargo tenga plena autonomía e independencia de la gestión anterior
, dice Leopoldo Rodríguez Aranda, director de la consultora en administración pública Gesec.
Radiografía del STPRM
El STPRM cuenta actualmente con 92,316 miembros, según el padrón de socios actualizado hasta el 2019. Esto lo convierte en el principal sindicato petrolero.
Está dividido en 36 secciones repartidas en los estados donde opera Petróleos Mexicanos: Tamaulipas, San Luis Potosí, Veracruz, Tabasco, Estado de México, Chihuahua, Guanajuato, Ciudad de México, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Campeche, Chiapas y Nuevo León, de acuerdo con el acta constitutiva del organismo.
Su aparato gubernamental se divide en autoridades generales y locales.
Las generales están integradas por el comité ejecutivo general, el consejo general de vigilancia, los consejeros sindicales ante la administración de Pemex, los representantes obreros ante la junta federal de conciliación y arbitraje, los representantes obreros ante el jurado de responsabilidades ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, así como los comisionados especiales nombrados por convención.
Las autoridades locales incluyen comités ejecutivos de sección, consejos locales de vigilancia, comisiones de honor y justicia, comités ejecutivos locales de delegación, comisionados especiales nombrados por asamblea y delegados departamentales.
Responsabilidades del Comité Ejecutivo General
El artículo 147° de los estatutos establece que el Comité ejecutivo general es la representación jurídica del STPRM y debe representar el “interés profesional de los trabajadores que lo integran”.
“Se encargará de la defensa, dirección, orientación y administración del sindicato: y los acuerdos que dicte de conformidad con los presentes estatutos serán de obligatorio acatamiento para las demás autoridades sindicales y socios en general”
A la cabeza de la dirigencia del sindicato está el secretario general, posición a la que Romero Deschamps llegó el 22 de junio de 1993, tras un mandato de 28 años de Joaquín Hernández Galicia, alias La Quina.
Los otros integrantes del consejo ejecutivo general son los secretarios del interior, del exterior, del trabajo, de organización estadística, un tesorero, además de los cuerpos de educación y previsión social, de ajustes y de asesoría administrativa, fiscal, financiera, contable y económica.