Las sopas instantáneas se convirtieron en el centro de atención, ante el retiro de sus productos en los anaqueles por no informar claramente a los consumidores sobre su contenido y por ser un alimento que puede dañar la salud de los mexicanos. 

Si bien, se difundió la decisión de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), aún falta conocer la postura de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para determinar si este producto realmente daña la salud de los consumidores. 

Leticia Armenta, economista del TEC de Monterrey, consideró que al no existir postura de la Cofepris, se puede interpretar que no se han argumentado los daños a la salud y la acción de la Profeco recae exclusivamente en el etiquetado engañoso.

Me parece que la Cofepris estaría actuando en un momento en el que dañe la salud, aunque el alto contenido de sal —no en un consumo ocasional— puede afectar la salud. La Profeco se orientó por la salvaguarda del consumidor por publicidad engañosa,

dijo Armenta en entrevista

El estudio que realizó el Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor muestra que los productos si bien cumplen con el contenido neto, algunos contienen vegetales en cantidades mínimas, menor al 5%.

Pero la decisión de la Profeco de retirar 129,937 paquetes de nueve marcas de sopas instantáneas se basó únicamente a que se incumplieron requisitos de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, pues el etiquetado era engañoso al no declarar la verdadera información nutrimental.

En otras ocasiones similares, ambos organismos han actuado en conjunto, como en julio de 2017 cuando aseguraron 830 piezas de “productos milagro” que prometían bajar de peso y ordenaron la suspensión de actividades en seis establecimientos. 

Llamada de atención

El retiro de estos productos puede considerarse como una primera llamada de atención, ya que no todas fueron retiradas del mercado y por el momento hay sustitutos de este bien, dijo en entrevista la subdirectora de análisis económico de Monex, Janneth Quiroz. 

El objetivo no es prohibirlas y que no haya oferta, sino que deben cumplir con la normatividad establecida. Me parece una buena medida el que estén verificando que se cumpla con los estándares para que no hagan daño a la población,

comentó Quiroz

Dentro de las facultades de la Profeco está aplicar medidas precautorias “cuando se afecte la vida, salud, seguridad o la economía de una colectividad de consumidores”, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que en su fracción I se estipula la inmovilización de los bienes.

Dentro del artículo 17 bis fracción II de la Ley General de Salud, se establece que la Cofepris puede proponer a la Secretaría de Salud la política nacional de protección contra riesgos sanitarios, así como su instrumentación en materia de alimentos y bebidas, entre otros.

Armenta coincide que es una primera advertencia no solo para las marcas retiradas, sino en general para los consumidores.

“A nivel del consumidor es una alerta, es un ‘tenga cuidado con esto’. No tanto la prohibición, porque al final los consumidores son libres de elegir el producto que prefieran, más allá si es lo más adecuado o no”, precisó Armenta.

La Maruchan, por ejemplo, no fue retirada del mercado, pero la Profeco, a cargo de Ricardo Sheffield, no descarta hacerlo en futuros operativos, por lo que este producto funge como un bien sustituto ante la prohibición de las otras sopas.

“Al encontrar un bien sustituto como Maruchan, hay algunas otras que sí cumplan con lo establecido y son similares en costo y sabor (…) Podrán sustituirlas con otras que estén disponibles y cumplan con la norma”, añadió Quiroz.

Al final, todo apunta que fue una primera llamada de atención para este tipo de productos y que eventualmente las firmas deberán hacer los cambios para volver a las tiendas de forma que los consumidores adquieran estos productos con un panorama más amplio sobre lo que están ingiriendo.