La Suprema Corte de Justicia de la Nación puso esta semana el dedo en la llaga de un tema polémico para México: las pensiones.
El lunes pasado, Reforma publicó que la SCJN “rasuraba” las pensiones de la generación de transición, es decir, quienes empezaron a trabajar antes del 1 de julio de 1997, a un tope de 10 veces el salario mínimo, pero la Corte aclaró que esto no es una novedad.
Pese a las aclaraciones de la Suprema Corte, el director del IMSS, Zoé Robledo, dijo que el instituto seguirá calculando las pensiones de las personas que están en este modelo de transición entre la Ley del Seguro Social de 1973 y la Ley de 1997 en 25 salarios mínimos, como se ha hecho durante los últimos años.
¡Es lo justo!
El H. Consejo Técnico del #SeguroSocial, consejeros del sector obrero y patronal, Sria.@LuisaAlcalde y Subsrio. @HLGatell, ratificamos el criterio de 25 salarios mínimos como límite para el pago de #pensiones a trabajador@s que cotizaron bajo esquema de transición. pic.twitter.com/kavUdnsmnu
— Zoé Robledo (@zoerobledo) February 6, 2020
El Seguro Social ya dijo que no van a hacer caso de lo que dice la Corte, pero es una tontería. La Corte está para resolver los conflictos ciudadanos, lo que esta diciendo es: para la gente (de la generación de transición) que se jubiló con la ley anterior (1973) debe tomarse como tope 10 veces el salario mínimo. Ahí no hay vuelta de hoja y de aquí en adelante van a tomar ese tope de 10 para jubilarse
dijo el abogado Raúl Padilla, miembro del despacho Marván y Muñoz Abogados, S.C.
El martes, la SCJN indicó que el criterio fue emitido desde 2010, por lo que quienes entraron a trabajar antes de 1997 deben decidir el régimen de pensión al que se sujetarán, ya sea a la Ley de 1973 o la de 1997.
Si eligieron el régimen de 1973 el tope aplicable es de 10 veces el salario mínimo a su pensión que obtiene de manera vitalicia o si opta por el de 1997 aplicará el tope de 25 veces, hasta el limite de lo acumulado en su Afore. Esto “sin que de manera alguna modifique las políticas públicas que decida tomar e implementar el IMSS en materia de pensiones por jubilación”, dijo la Corte en un comunicado.
Importante conocer qué resolvió realmente la 2a Sala de la #SCJN. No se altera el régimen de pensiones y se respeta la decisión de los trabajadores. Tampoco modifica las políticas públicas del IMSS en la materia. https://t.co/Dn7JtmTK1W
— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) February 4, 2020
No obstante, en algunos casos, el IMSS se equivocó y pagó a algunos jubilados pensiones con topes de 25 salarios mínimos y cuando se dio cuenta empezaron a surgir las demandas.
De acuerdo con Padilla, hay muchas demandas que se están resolviendo en tribunales colegiados que dicen que se perjudicaría si se condenara a la devolución de esos pagos en exceso hechos por el Seguro Social, por lo que se ha resuelto que de aquí en adelante se proceda con 10 salarios mínimos, en el caso de que hayan optado por la Ley del 73.
Hubo gente que dijo ‘pues voy a escoger lo mejor de ambas leyes, la anterior con menos requisitos para jubilarme y la nueva con un salario superior’, pero eso no es posible, y es lo que dice la Corte, porque los esquemas para fondear son diferentes y si ya escogiste la anterior olvídate de los 25 salarios mínimos
comentó Raúl Padilla.
De acuerdo con el especialista las jurisprudencias de la SCJN aplican para todos los ciudadanos, por lo que el IMSS tendría que acatarla.
En 2018, de los 19.83 millones de asegurados con acceso a pensión, 68.4% (13.57 millones) correspondió a asegurados afiliados a cuentas individuales de la Ley de 1997, y 31.6% (6.26 millones) eran de la generación de transición, según la segunda revisión a la Cuenta Pública de 2018 de la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
La Corte consistentemente se ha pronunciado en decir, ‘la Ley es clara, si tu quieres la del 73 estás topado a 10 salarios, ¿quieres la del 97? puedes estar topado a 25 pero se paga con tu Afore’
comentó Héctor Villarreal, director general del Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP)
El gasto en pensiones de la generación de transición en conjunto representa una presión considerable al gasto total del país. En 2017, el presupuesto destinado al pago de pensiones de reparto representó cerca de 97 % del gasto total en pensiones contributivas a casi 700,000 millones de pesos para 4.9 millones de pensionados, de acuerdo con datos del CIEP.
Mientras que la ASF estima que las obligaciones de pago de pensiones para la generación de transición de las instituciones federales más grandes terminará hasta el año 2120.
La discusión sobre la generación de transición surge en momentos en los que resulta necesario una reforma al sistema pensionario, ya que mientras también hay pensiones de privilegio en CFE, Pemex, Banco de México e incluso la SCJN, la generación Afore se pensionará con a lo mucho 26% de su último salario, eso si cumple con las 1,250 semanas de cotización.
La gente dice vamos todos parejos (…) Pero lo que hizo arder es que la Corte abrió la puerta a decir, ‘sabes que IMSS, tú no estás obligado a pagar 25 salarios mínimos
dijo Villarreal.
De acuerdo con Raúl Padilla, el límite de 10 salarios, puede resultar injusto, pero también se prestó para sacar ventaja de los dos sistemas de jubilación, y la resolución de la SCJN es clara.
Adicionalmente, hay otra disputa relacionada en la Corte, sobre si la actualizaciones de las pensiones debe pagarse en veces el salarios mínimos o en UMAS.
A mediados del año pasado un trabajador consiguió que, para el aumento de su pensión, se utilice el salario mínimo en lugar de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Desindexar al salario mínimo como medida económica, así como de créditos o multas, tomó cerca de cuatro años de discusiones. Durante décadas, con el pretexto de que del salario mínimo dependían varias disposiciones y aumentarlo podría afectarlas y causar inflación, estuvo estancado.
Para Villarreal es necesario empezar ya a discutir una reforma al sistema de pensiones, de lo contrario solo aumentará la desigualdad.
No se recortan las pensiones de @Tu_IMSS: seguirán sobre 25 salarios mínimos, no en 10.
La resolución de la @SCJN no es de aplicación general —es un criterio para juzgados— por lo que se respetará la pensión de 25 SM a trabajador@s que cotizaron en ese esquema. ¡Es lo justo! pic.twitter.com/4bogJVsOYj
— Zoé Robledo (@zoerobledo) February 4, 2020