A partir del próximo año, cualquier persona mayor de edad deberá tramitar su RFC en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues ya no se podrá hacer a través del sitio y con la  Clave Única del Registro de Población (CURP).

Con ello, el  SAT a cargo de Raquel Buenrostro, pretende lanzar un anzuelo a los contribuyentes, ya que al asistir a las oficinas deberán registrar o actualizar su domicilio fiscal  y de no hacerlo estarán sujetos a multas por más de 11,000 pesos. 

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Héctor Amaya, vicepresidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), explicó que se eliminó la posibilidad de dar de alta el RFC con la CURP, por lo que ahora, además de acudir a las oficinas del SAT, las personas tendrán que declarar su domicilio fiscal y notificar cualquier cambio.

De acuerdo con el artículo 81, fracción VI del Código Fiscal de la Federación (CFF) cuando haya un cambio del domicilio fiscal y este no se notifique se aplicarán sanciones que van de 3,870 pesos a 11,600 pesos.

Al registrar y cumplir con esta obligación (RFC), nacen otras obligaciones, por ejemplo el domicilio fiscal. Si registramos el domicilio fiscal, el Código Fiscal de la Federación nos ordena que cuando nos cambiemos tenemos que avisar, si no puede venir una sanción,

dijo Amaya en videoconferencia

Tanto las personas físicas como morales tienen un plazo de 10 días para notificar el cambio de domicilio fiscal.

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Al quedar aprobada la miscelánea fiscal 2022 en la Cámara de Diputados lo referente a los cambios al domicilio fiscal no fue tema de discusión, como el RFC obligatorio a mayores de edad, en la que finalmente se corrigió la redacción para no aplicar sanciones económicas. 

Contribuyentes, directo a la boca del lobo

Uno de los puntos que preocupa al IMCP fue la notificación en el que se elimina la guía de trámites para dar de alta el RFC vía remota solo con la CURP. 

Amaya dijo que al interior del IMCP les causó asombro el séptimo anteproyecto de la tercera modificación a la miscelánea fiscal 2021 dada a conocer el 12 de noviembre, en donde se elimina la guía de trámites 3 diagonal CFF.

A partir de esta emisión del anteproyecto queda eliminada la inscripción del RFC con CURP, si ya no lo podremos hacer con CURP, ya no podrá ser por medios remotos y nos estarían llevando a las administraciones desconcentradas, tendría que ir esta persona que no está inscrita a las oficinas del SAT y dar de alta un domicilio fiscal,

señaló Amaya

Este proceso de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes llevaría a que las oficinas se saturen, pues aunque se pone mayor atención a los jóvenes, también los adultos que no tienen su RFC deberán darse de alta como las amas de casa y adultos mayores.

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“Si bien es cierto que nace esta obligación del RFC sin una sanción, no debemos confiarnos. Al ser una obligación legal puede ser un requisito para trámites (…) y si viene un apoyo monetario, para adquirirlo puede incluirse como requisito”, planteó el vicepresidente del IMCP.