La coalición #NoAlPadrón presentó una plataforma gratuita para que cualquier persona pueda generar una demanda de amparo en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, la cual podrán interponer hasta el 31 de mayo de 2021.

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A través del sitio noalpadron.mx, las personas podrán obtener una demanda de amparo contra el padrón mediante el llenado de un formulario. 

Estas demandas podrán interponerse de forma presencial, por correo certificado o a través del portal en línea Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, donde se requiere la e.firma vigente. 

Luis Fernando García, director de R3D —organización integrante de la coalición– comentó a EL CEO que la opción de hacerlo por correo certificado es para quienes viven fuera de Ciudad de México, debido a que si se realiza por correo certificado estando en CDMX no es tan recomendable.

Desde mi punto de vista, es mejor ir a dejarlo directamente al Juzgado porque no está clara la interpretación que le pueda dar el juzgado. Desafortunadamente muchos jueces, si pueden, buscan la manera de desechar la demanda y puede haber una interpretación de que si vives en CDMX no hay justificación de presentar el correo certificado

 Luis Fernando García

Sugieren que si las personas viven en la capital del país, es mejor que opten por irlo a entregar o hacerlo vía digital para evitar una interpretación restrictiva del juez. 

Las demandas presentadas se acumularán a un juicio de amparo interpuesto previamente por las organizaciones de #NoAlPadrón, de modo que se acumularán en un solo caso.

Además, solicitarán una suspensión de la norma en lo que dura el juicio para que los efectos de la norma estén suspendidos en lo que se decide la acción de inconstitucionalidad. 

Admitida la demanda y acumulados los casos solicitaremos la suspensión de la norma. Esperamos que la otorguen para que en lo que dure el juicio no les pidan a las personas los datos biométricos ni se pueda cancelar la línea telefónica, aunque esto no va a suceder inmediatamente. Después se dará una sentencia en primera instancia

 Luis Fernando García

Sin embargo, según García, es probable que la resolución de las demandas se suspenda hasta que la Suprema Corte de Justicia decida sobre las acciones de inconstitucionalidad interpuestas por el Instituto Nacional de Acceso a la Información y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, lo que podría demorar meses o más de un año.