El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, emitió un decreto sobre las medidas de austeridad que deberán acatar las dependencias y otros organismos de su administración ante la pandemia de coronavirus.

Sin embargo, la redacción del documento contiene una contradicción jurídica que genera confusión y una laguna jurídica, según especialistas que lo analizan.

Mientras que el primer artículo transitorio establece que el decreto entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el segundo dice que las disposiciones se convertirán en una iniciativa de ley para someterse a estudio y posteriormente a una posible aprobación en la Cámara de Diputados.

Esto abre una contradicción constitucional, ya que por un lado establece el inicio inmediato de las disposiciones del decreto, pero por el otro dice que se presentará una iniciativa de ley con el mismo contenido, de acuerdo con Gonzálo Sánchez de Tagle, abogado constitucionalista de la Universidad Iberoamericana.

“Al someter el decreto a la aprobación del Congreso, el propio presidente de la República le resta eficacia a su determinación. Creo que es la primera vez que se ve algo así”, comenta el académico.

Francisco Jiménez Reynoso, Constitucionalista de la Universidad de Guadalajara (UDG), explica que tanto el decreto como la iniciativa de ley son “cuerdas separadas” que en ningún momento deben encontrarse en un mismo documento.

“Es una aberración jurídica. Nunca había escuchado una propuesta así. La iniciativa de ley y el decreto son dos figuras diferentes, de las que no se puede hacer un híbrido”, opina Jiménez Reynoso.

López Obrador, adelantó durante la conferencia matutina del jueves que su administración emitiría el decreto sobre nuevas medidas de austeridad por la contingencia sanitaria del virus COVID-19.

Su declaración anticipó el carácter ambiguo del documento que horas más tarde se oficializó en la edición vespertina del DOF.

“Voy a enviar una iniciativa de Ley a la Cámara de Diputados (…) porque tiene la facultad de aprobar el presupuesto y si se van a presentar modificaciones, tengo que pedir (su) autorización (…) entonces es un decreto y al mismo tiempo una iniciativa”, dijo López Obrador.

Tren Maya y Santa Lucía, inmunes al COVID-19

Las medidas que contiene el decreto van desde reducción de salario a “altos funcionarios” federales, hasta el cierre de la mitad de oficinas de gobierno y la suspensión de algunas obras públicas, salvo sus obras estrella.

De forma voluntaria, dice el documento, se reducirá el salario de los altos funcionarios públicos hasta 25%, a quienes también se les cancelará el aguinaldo y cualquier otra prestación de fin de año. Esto aplica desde las subdirecciones hasta el presidente.

También cancela el ejercicio de 75% del presupuesto de las partidas de servicios generales, materiales y suministros y extiende al 1 de agosto la suspensión de labores con goce de sueldo a quienes ya están en esta situación.

Además, suspende el gasto para prácticamente todas las obras y gastos gubernamentales, salvo en el caso de programas prioritarios como las pensiones de adultos mayores y personas con discapacidad, el programa sembrando vida, entre otros.

Algunas obras públicas también se salvan del freno de recursos, como el Aeropuerto Felipe Ángeles en Santa Lucía, la refinería de Dos Bocas en Tabasco, el Tren Interurbano México-Toluca y el Tren Maya en el sureste del país.

Por último indica que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dispondrá de recursos necesarios para cumplir con la entrega de participaciones federales a los estados, el pago de nómina, pensiones y la amortización y servicio de la deuda pública.

“Estas medidas aplican para todo el Poder Ejecutivo Federal, es decir, incluyen a organismos descentralizados, órganos desconcentrados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos”, se lee en el documento.