Cofece, sin facultad sobre concesiones o explotación mineras

Cofece: facultad sobre concesiones, exploración o explotación minera es de la SE

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) aclaró que corresponde al Ejecutivo Federal, mediante la Secretaría de Economía y no al órgano regulador, velar por la observancia de la Ley Minera y cualquier asunto vinculado a ella, incluido el otorgamiento, nulidad o cancelación de concesiones. 

La aclaración del organismo autónomo se da luego de que en la conferencia mañanera del 15 de febrero, el presidente Andrés Manuel López Obrador acusara a la Cofece de poner en riesgo a México al entregar la concesión de una mina de litio a China, sin dar más detalles. 

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En un comunicado, la Comisión explicó que la observancia de la Ley Minera está vinculada a cualquier aspecto relacionado con la exploración, explotación y beneficio de los minerales en territorio nacional, en la cual “no tiene atribución alguna para emitir determinaciones de esta naturaleza”.

La autoridad reguladora en competencia explicó que en términos de la Ley Minera, las concesiones se otorgarán a sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, y la participación de inversionistas extranjeros se ajustará a las disposiciones de la ley en materia. 

Es así que la Ley de Inversión Extranjera permite capital foráneo en la minería, salvo que se trate de minerales radioactivos.

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Resuelve Cofece sobre concentración

Respecto al expediente CNT-097-2021, la Cofece aclaró que únicamente resolvió sobre la solicitud de concentración entre las empresas extranjeras Ganfeng International Trading (Ganfeng) y Bacanora Lithium (Bacanora), una resolución que no fue objeto de recurso judicial alguno. 

En virtud de la operación, Ganfeng adquirió de manera indirecta participación en el capital social de diversas subsidiarias mexicanas, incluyendo algunas que desde hace varios años tienen concesiones mineras otorgadas por el Gobierno Federal

Esta operación implicó un cambio accionario de las sociedades mexicanas titulares de las concesiones, y de otros inversionistas extranjeros que ya participaban en las sociedades mexicanas concesionarias, situación común en el sector minero mexicano.

 

La Comisión aclaró que conforme la Ley Federal de Competencia Económica, la operación señalada debía ser notificada, y la Cofece tenía la obligación de pronunciarse al respecto, únicamente dentro del ámbito de sus facultades.

Esto significa que solamente debía pronunciarse para efectos de verificar cualquier impacto adverso en la competencia, que en el caso de Ganfeng y Bacanora fue descartado.

Cofece expuso que, como la propia resolución señala, ésta fue emitida “sin perjuicio de cualquier otra autorización que proceda conforme a la ley o de las facultades de otras autoridades”.

En este sentido, precisó que corresponde al Ejecutivo vigilar y tomar cualquier acción que estime pertinente conforme al marco legal vigente y sus atribuciones en el sector minero.

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