Profeco llevará caso de Viva Aerobus ante la SCJN
Profeco insiste que tarifa sin equipaje de Viva Aerobus es violatoria; llevará el caso hasta la SCJN

Profeco insiste que tarifa sin equipaje de Viva Aerobus es violatoria; llevará el caso hasta la SCJN

 

Luego de que los Tribunales Federales consideraran que la Tarifa Zero de Viva Aerobus está en línea con la Ley de Aviación, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) reiteró que sí viola los derechos del viajero, por lo que llevaría el caso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). 

La comercialización de vuelos con tarifas que no incluyen el derecho a transportar equipaje de mano y establecen cargos adicionales por dicho equipaje, como los de la llamada “tarifa cero” de Viva Aerobus, constituyen una práctica que lesiona los intereses y derechos de los pasajeros

indicó el organismo.

A través de un comunicado, la Profeco recordó que en diciembre de 2021 emitió una alerta al público consumidor debido a que la aerolínea mexicana oferta vuelos con tarifas que no incluyen el derecho de transportar equipaje de mano. 

Como respuesta a esta alerta, Viva Aerobus interpuso un amparo que este miércoles le fue otorgado por la autoridad judicial correspondiente. 

Pese a lo anterior, la Profeco sancionó económicamente a la empresa y ordenó suspender la llamada Tarifa Zero, esto bajo un procedimiento diverso de la alerta emitida el año pasado.

Dicha sanción y el criterio que tiene esta Autoridad sobre el equipaje de mano y su inherencia al servicio aéreo, fueron declarados válidos por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, quien reconoció la legalidad de los argumentos emitidos por esta Procuraduría en defensa de los derechos de los consumidores

detalló la Profeco.

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Derechos de los pasajeros

De acuerdo con la Ley de Aviación Civil, los pasajeros que utilicen transporte aéreo cuentan con diversos derechos como un trato digno e información por parte de la aerolínea. Ejemplo de ello es la seguridad, motivos de retrasos o cancelaciones e información relativa para la presentación de quejas o reclamaciones. 

Asimismo, las tarifas y precios deben ser claros e incluir todos los cargos a pagar. Se pueden ofrecer servicios adicionales como seguros, sin embargo, no deben ser condicionantes para la adquisición del boleto.

En caso de que el usuario decida no realizar el viaje, tiene derecho a solicitar la devolución del precio del boleto en un lapso de 24 horas siguientes a la hora de su compra.

Cuando el vuelo registre una demora o cancelación, se debe informar el motivo al usuario y retribuir con descuentos, ofrecerle una alternativa de vuelo e incluso devolver el pago del boleto.    

Respecto al equipaje, el artículo 47 indica que como mínimo el usuario puede transportar sin cargo 15 0 25 kilogramos de equipaje, según el tipo de aeronave; así como dos piezas de equipajes de mano que en conjunto no excedan los 10 kilogramos. 

Si la aerolínea pierde o daña el equipaje de los pasajeros, la aerolínea debe otorgar una indemnización que va de entre los 80 a los 150 UMA

Las compensaciones e indemnizaciones deben realizarse en un periodo no mayor a los 10 días posteriores a la presentación de la reclamación, exceptuando al caso de alimentos, bebidas y hospedaje, los cuales deben cubrirse cuando ocurra el problema. 

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