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Hacienda baja el impuesto al ahorro a 0.68% en 2027: esto retendrá por Cetes y otras inversiones

La propuesta para 2027 supone un cambio respecto al año anterior. La tasa pasó de 0.50% en 2025 a 0.90% en 2026, un incremento de 0.40 puntos porcentuales, mientras que para el próximo ejercicio Hacienda plantea reducirla a 0.68%.

Publicado el 8 de septiembre, 2026

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) propuso reducir de 0.90% a 0.68% la tasa de retención anual de Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre los intereses para 2027, de acuerdo con la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (ILIF).

La disminución sería de 0.22 puntos porcentuales respecto a la tasa vigente en 2026. Se trata de una retención provisional relacionada con los intereses obtenidos a través del sistema financiero, incluidos los que pueden generar instrumentos de deuda como Cetes y otros productos de ahorro e inversión.

A manera de ejemplo, si 100,000 pesos se mantienen como capital sujeto a la retención durante todo el año, el monto sería de aproximadamente 680 pesos, frente a los 900 pesos que resultarían con la tasa de 0.90% vigente en 2026. Para un capital de 500,000 pesos bajo el mismo supuesto, la retención pasaría de 4,500 a 3,400 pesos.

¿Cuánto pagarás en ISR si inviertes?

Aunque suele identificarse como un impuesto al ahorro, el 0.68% no se cobra directamente sobre las ganancias de una inversión ni necesariamente representa el ISR definitivo que pagará el ahorrador. La retención se aplica sobre el monto del capital que da lugar al pago de intereses y funciona como un pago provisional.

Así, si 100,000 pesos de capital generan 7,000 pesos de intereses, el 0.68% no se calcula sobre esos 7,000 pesos, sino sobre el capital que los generó. La institución financiera realiza la retención correspondiente y posteriormente el contribuyente puede acreditarla al determinar su ISR.

EL CEO la revista Septiembre

Para las personas físicas, el impuesto correspondiente a los intereses considera el interés real, es decir, el rendimiento una vez considerado el efecto de la inflación. Por ello, puede existir una diferencia entre lo retenido durante el año y el impuesto que finalmente corresponda pagar.

Si las retenciones superan el ISR determinado, el contribuyente puede tener un saldo a favor; si resultan inferiores, puede existir una cantidad adicional por pagar. De ahí que una reducción de la tasa de retención no implique necesariamente una disminución equivalente en el impuesto definitivo.

¿Por qué Hacienda baja la retención al ahorro?

La ILIF 2027 incorpora en el artículo 24 la metodología utilizada para determinar la tasa, con el propósito de transparentar el cálculo y las variables económicas consideradas para este y los siguientes ejercicios fiscales.

Hacienda obtiene el porcentaje al restar a la tasa nominal promedio anual de rendimiento de los Cetes a 28 días la inflación promedio anual. El resultado se multiplica por la tasa efectiva de ISR causada por las personas físicas con ingresos provenientes del sector financiero.

Para 2027, las previsiones de rendimiento de los Cetes y de inflación corresponden a las contenidas en los Criterios Generales de Política Económica, mientras que la tasa efectiva de ISR es de 23.5%, obtenida de la declaración anual de 2025.

La dependencia señala que la tasa de retención provisional busca reflejar las condiciones esperadas en el mercado financiero durante 2027. Además, la inclusión de la metodología en la ILIF pretende dar mayor certeza jurídica a los contribuyentes y justificar económica y financieramente el nivel propuesto.

Impuesto al ahorro baja tras aumento en 2026

La propuesta para 2027 supone un cambio respecto al año anterior. La tasa pasó de 0.50% en 2025 a 0.90% en 2026, un incremento de 0.40 puntos porcentuales, mientras que para el próximo ejercicio Hacienda plantea reducirla a 0.68%.

La retención ha registrado fuertes variaciones en los últimos años. En 2022 se ubicó en 0.08% y en 2023 en 0.15%. Para 2024, Hacienda propuso inicialmente elevarla a 1.48%, lo que habría representado el nivel más alto desde 2003, de acuerdo con una revisión histórica realizada por EL CEO, aunque el Congreso finalmente aprobó una tasa de 0.50%.

El efecto de la retención también depende de la situación fiscal del ahorrador. El Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) estimó en 2025 que alrededor de 48 millones de potenciales ahorradores, entre trabajadores informales y personas que por su nivel de ingresos no presentan declaración anual, podían tener mayores dificultades para recuperar cantidades retenidas en exceso.

El 0.68% todavía no es definitivo. El artículo 24 de la ILIF establece ese porcentaje para 2027, pero la iniciativa deberá ser discutida por el Congreso antes de convertirse en la Ley de Ingresos de la Federación para el próximo año.

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Mario Gámez

Periodista especializado en temas económicos y financieros. Actualmente es el editor general de EL CEO, donde hace cinco años comenzó su aventura como redactor de breaking news. Ha cubierto temas relacionados con la BMV, empresas, regulación financiera y casos corporativos de alto perfil. Antes fue becario en El Universal, la que, según dice, es la mejor escuela de periodismo.

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