El tiempo para presentar la declaración anual al Servicio de Administración Tributaria (SAT) está a punto de expirar y los contribuyentes que no cumplan podrán ser sujetos a multas de más de 15,000 pesos.

Rolando Silva, vicepresidente de apoyo a federadas del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) recordó que las multas pueden ser mayores y para evitarlas, instó a los contribuyentes a verificar su opinión de cumplimiento, la cual muestra si tienes un adeudo con el SAT.

Recomendar a los contribuyentes que verifiquen su ‘opinión de cumplimiento’ para saber si tienen o no una multa, mucha gente podría tener adeudos con el SAT y no lo sabe

dijo Silva en entrevista. 

Las multas más comunes en personas físicas son referentes a la falta de presentación de declaraciones, que en el artículo 81 del Código Fiscal de la Federación (CFF) explica los escenarios por los cuales se consideran algunas infracciones.

También lee: Contribuyentes, a contrarreloj y sin prórroga del SAT para la declaración anual 

Muchas personas que están por honorarios y servicios profesionales omiten la presentación de su declaración; como les hacen una retención se quedan con la idea de que ya cumplieron con sus pagos y eso lo pueden verificar en la opinión de cumplimiento

agregó Silva.

Tipo de multas y costos

Otra opción para que los contribuyentes vean que está todo en orden es revisar el ‘visor’, en la que el trabajador puede entrar y verificar si coincide el CFDI con los ingresos que percibe.

En el artículo 81 del CFF Fracción I se detalla que una de las infracciones es “no presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, o no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales”.

A lo anterior, en el artículo 82 del CFF se enlistan los montos de las multas y los casos por los que se aplicarían.

Una ventaja para los ‘no obligados’

No todos los contribuyentes están obligados a presentar su declaración anual, por ejemplo, las personas físicas que perciben ingresos al año menores a 400,000 pesos.

Sin embargo, Rolando Silva recomendó que quienes no estén obligados deberían hacerlo, pues representa una oportunidad para meter diferentes deducciones.

Entre las deducciones personales están los gastos médicos, dentales, psicólogo, nutriólogo, algunas colegiaturas.

Pediría que incluyan sus deducciones, es su derecho, a pesar de que lo podemos ver como una obligación podríamos darle la lectura de que tenemos derecho a presentar nuestra declaración para que sean considerados los gastos si son deducibles y tener, quizá, un saldo a favor

dijo Silva