La eliminación del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), la aplicación de una tasa cero del IVA en alimentos para mascota y en productos de higiene femenina; así como un mayor control en las aduanas para evitar el “huachicoleo” son algunas de las propuestas que se presentaron en la miscelánea fiscal del 2022.
Para llevar a cabo estas y otras medidas que se presentaron en el Paquete Económico del 2022, se requerirán modificaciones en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y a Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
La propuesta que presentó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) va en línea al mensaje del presidente Andrés Manuel López Obrador de no elevar ni crear nuevos impuestos, a pesar del crecimiento que está teniendo el gasto público.
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Cambios en el ISR: RIF pasará a Régimen Simplificado
Uno de los grandes cambios propuestos para la segunda mitad del gobierno federal es el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) del cual ahora se plantea la creación del Régimen Simplificado de Confianza que otorgaría más facilidades para el pago de impuestos.
Los contribuyentes del RIF que excedían 2 millones de ingresos al año dejaban de tributar en ese régimen, y con el nuevo régimen de confianza se permitirá permanecer en el mismo con ingresos de hasta 3.5 millones de pesos anuales.
El régimen de simplificación para personas físicas establece cuotas fijas que varían en función del ingreso bruto anual:
- 1% para aquellos contribuyentes con ingresos de hasta 300,000 pesos anuales
- 1.1% para ingresos de hasta 600,000 pesos
- 1.5% hasta 1 millón de pesos
- 2.% hasta 2.5 millones de pesos y
- 2.5% hasta el límite de 3.5 millones de pesos.
Este régimen busca otorgar una manera sencilla, rápida y eficaz en el pago de las contribuciones, sobre todo para aquellos contribuyentes con menor capacidad administrativa y de gestión,
según la miscelánea fiscal 2022
Con este régimen se busca que no sea necesario el apoyo de terceros para el pago de impuestos y se utilice como principal eje el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a fin de automatizar el cálculo de los impuestos.
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De aprobarse esta propuesta, los contribuyentes deberán:
- Inscribirse o actualizar su Registro Federal de Contribuyentes
- Generar su firma electrónica avanzada y activar su buzón tributario
- Expedir y solicitar facturas a través del Portal del Servicio de Administración Tributaria
- Ingresar al Portal de la citada autoridad donde encontrarán su información precargada, y
- Generar la línea de captura y realizar el pago correspondiente, en caso de que proceda.
Respecto a las personas morales, el nuevo régimen beneficiaría a quienes tengan ingresos que no excedan los 35 millones de pesos en el ejercicio, lo que equivale a alrededor del 96% del total de los contribuyentes personas morales.
Cambios en el IVA: tasa cero en alimentos para mascota
La Secretaría de Hacienda también propone establecer una tasa cero en alimentos para mascotas y en productos de higiene femenina como tampones, toallas sanitarias y copas menstruales.
Según la iniciativa “se entiende por productos destinados a la alimentación, aquéllos que sin requerir transformación o industrialización adicional, se ingieren como tales por humanos o animales, aunque al prepararse se cuezan o se combinen con otros”.
(…) se propone, con propósitos aclaratorios, establecer expresamente que dicha tasa es aplicable tanto a los productos destinados a la alimentación humana como a la de animales, conservando las excepciones que actualmente se establecen en la Ley del IVA
En el caso de los productos de higiene femenina, la dependencia aseguró que la aplicación de la tasa cero en el IVA beneficiará a las mujeres de menores ingresos.
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Cambios al IEPS: van contra “huachicol”
A fin de contrarrestar el contrabando de combustibles, se propone que la autoridad aduanera aplique la cuota que corresponda al tipo de combustible que se está introduciendo al país,
Para ello, se adicionará un quinto párrafo al inciso D) de la fracción I del artículo 2o. de la Ley del IEPS.
La autoridad fiscal ha detectado que, tratándose de la importación de combustibles automotrices, se han realizado importaciones bajo una fracción arancelaria distinta a la que efectivamente les corresponde para evadir el IEPS.
También se propone que la autoridad fiscal advierta la omisión en el pago del impuesto aplicable a los combustibles automotrices y se aplicarán las cuotas que correspondan conforme a la Ley sin disminución alguna.
De acuerdo con la Ley del IEPS, para 2022 se actualizan por inflación los gravámenes de cuota fija de las bebidas saborizadas, cigarros y de combustibles automotrices.
Otro cambios en el ISR
El ejecutivo considera que la fluctuación cambiaria constituye una carga financiera y esta aumenta o disminuye al valor del crédito o deuda que poseen en moneda extranjera.
Para ello se propone reformar el artículo 8, sexto párrafo de la Ley del ISR a fin de establecer el parámetro de la ganancia devengada por la fluctuación cambiaria para evitar que los contribuyentes determinen menores ingresos de los que obtendrían.
En materia de hidrocarburos se busca establecer medidas para la procedencia en las deducciones de las operaciones y evitar prácticas ilegales.
Según la Ley de hidrocarburos para la distribución, comercialización y expendio, se requiere de un permiso de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y en la importación un permiso de la Secretaría de Energía (Sener).
La miscelánea propone reformar el artículo 27, fracción III, segundo párrafo de la Ley del ISR, a efecto de añadir a los requisitos de deducibilidad, el declarar la información del permiso expedido por la CRE o la Sener al proveedor del combustible.
En el sector financiero, el ejecutivo busca contar con información para el ejercicio de facultades de fiscalización y que la declaración de los depósitos en efectivo a cuentas de los contribuyentes se presente el 17 del mes siguiente y no cada año.
Esto reformaría el artículo 55, fracción IV de la Ley del ISR.
En la ILIF para 2022, se actualiza la tasa de retención provisional aplicable al capital que da lugar al pago de intereses de 0.97% a 0.08%.
Otros cambios del IVA
Al igual que con el ISR, con la llegada del régimen de confianza se eliminarán de la Ley del IVA, aquellas disposiciones que aluden al RIF.
Uno de los cambios que destacan de la miscelánea corresponden a las compañías que ofrecen servicios digitales en el país y la presentación de información, según lo establecido en el artículo 18-D, fracción III, de la Ley del IVA.
Ahora, se propone que la información presentada al SAT sobre el número de servicios u operaciones; número de receptores y precio se presente cada mes y no cada trimestre.
Otro aspecto que se propone es la tasa cero en el IVA para productos de higiene femenina como tampones, toallas sanitarias y copas menstruales.