El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social aprobó el diferimiento de las cuotas patronales por hasta 48 meses.
La Ley del Seguro Social en el Artículo 40 indica que los patrones que no realicen las aportaciones de seguridad social dentro de los plazos establecidos están obligados a realizar la actualización del pago, con recargos, además de cubrir las sanciones que procedan.
Sin embargo “a solicitud de los patrones, el IMSS podrá conceder prórroga para su pago hasta por 48 meses, debiendo celebrar un convenio de pago a plazos, dando un pago inicial por el 20% de las cuotas generadas durante los meses correspondientes y cubriendo recargos en términos del artículo 8 de la Ley de Ingresos de la Federación”.
El documento indica que, las cuotas obreras se cubrirán al 100%.
Además en relación a las cuotas de seguro del retiro cesantía en edad avanzada y vejez se podrá autorizar el pago diferido por periodos completos adeudados, sin eximir el pago de accesorios, de acuerdo con un comunicado del IMSS.