El diputado Nazario Norberto, del grupo parlamentario de Morena, presentó el 3 de noviembre ante el Congreso de la Ciudad de México una iniciativa con proyecto de decreto para expedir una Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios.

El documento plantea que es necesario generar una regulación, además de la creación de un padrón de profesionales inmobiliarios específicos para la ciudad de México, por dos motivos: la profesionalización del sector y para reducir los actos ílicitos relacionados con la actividad inmobiliaria.

El documento refiere que durante 2017, se denunciaron ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) más de 3,000 casos en contra de agentes inmobiliarios apócrifos o irregulares.

“Es por ello que la presente iniciativa tiene como objetivo adecuar los ordenamientos normativos que rigen la Ley de prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal y que tendrá que adecuarse al orden jurídico, haciendo la referencia a la Ciudad de México, para armonizar la presente legislación con la reforma constitucional”, indica el proyecto.

Entre los principales puntos que considera se encuentra que la Secretaría de Desarrollo Económico, encargada de emitir las certificaciones, publique un padrón de Profesionales Inmobiliarios que esté disponible para consulta del público general.

Las personas que operen en la CDMX deberán estar inscritos aun cuando los inmuebles que comercializan o administran se encuentren fuera de la entidad.

También tendrán la obligación de informar a la Secretaría sobre transacciones inmobiliarias de las que se tenga conocimiento o indicios de actividades que pudieran constituir un delito.

Además se prevé la creación de un Padrón de Capacitadores Inmobiliarios que incluya a las Instituciones Educativas, Colegios o Asociaciones autorizadas para la impartición de cursos de capacitación y actualización en materia inmobiliaria.

Las violaciones a la ley ameritan sanciones que serán aplicadas por la Sedeco o el Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México.

Las sanciones planteadas van desde amonestaciones, apercibimientos y multas que ascienden al 50% o hasta el 100% de la cantidad obtenida como pago por los servicios brindados; la suspensión de seis meses a un año del Registro de los Capacitadores Inmobiliarios, suspensión, revocación definitiva de la certificación y del registro de profesionales inmobiliarios, hasta arresto administrativo hasta por 36 horas.

Mientras que las personas que se ostenten como profesionales que no cuenten con la certificación o no estén en el registro podrán ser acreedores a una multa por el equivalente a entre 50% y 100% de la cantidad obtenida como pago por los servicios que preste y, en caso de reincidencia, se duplicará la multa.