¿Saldo a favor con tu declaración ante el SAT? Esto tienes que hacer
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¿Saldo a favor en tu declaración ante el SAT? Esto tienes que hacer

¿Saldo a favor en tu declaración ante el SAT? Esto tienes que hacer

El primer cuatrimestre del año es clave para el Servicio de Administración Tributaria (SAT), quienes en el mes de marzo y abril llevan a cabo la declaración de impuestos anual.

Este procedimiento lo pueden hacer todas las personas, sin embargo hay otras que están obligadas sí o sí a presentarla, ya que son personas físicas que obtuvieron ingresos por honorarios, tener propiedades en renta, enajenar bienes, adquirir bienes, recibir ingresos por préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de 600,000 pesos.

Si obtuviste ingresos por intereses reales superiores a 100,000 pesos en el año, si percibiste intereses y salarios, y la suma de ambos excede de 400,000 pesos, siempre que el monto de los intereses nominales sea superior a 20,000 pesos, si percibiste intereses y salarios y la suma de ambos es hasta 400,000 pesos, pero el monto de los intereses reales es mayor a 100,000 pesos.

Si al entregar esta declaración el SAT determina que obtuviste saldo a favor, tienes el derecho de solicitar tu devolución de impuestos.

Pero, ¿cómo se puede obtener dicho beneficio?

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Devolución del SAT, bajo condiciones

La página web del SAT señala que para ser acreedor a este beneficio fiscal se debe comprobar con el cálculo de tus impuestos que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad.

Para hacer valer tu derecho la dependencia de gobierno destaca que puedes recibir este saldo a favor de forma automática.

Esta facilidad administrativa aplica a todas las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal anterior al año en curso.

Para ser acreedor a este beneficio, necesitas ubicarte en los supuestos siguientes:

-Destacar la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio.
-Presenten su declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda, conforme a lo siguiente:
-Si el saldo a favor es igual o menor a 10,000 pesos puedes presentar la Declaración anual con contraseña.

-Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y no excede de 150,000 pesos, podrás presentar tu declaración anual con Contraseña, siempre y cuando selecciones una cuenta CLABE activa a 18 dígitos ya precargada en el aplicativo, misma que deberá estar a nombre del contribuyente. En caso de capturar una cuenta CLABE distinta a las precargadas, deberás presentar la declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.
-Si el saldo a favor es de 10,001 pesos a 150,000 pesos la declaración anual se presentará utilizando la e.firma o e.firma portable.

-Señalen un número de cuenta CLABE a 18 dígitos, ésta deberá estar activa y a nombre del contribuyente como titular, así como la denominación de la institución integrante del sistema financiero a la que corresponda dicha cuenta, para que, en caso de que proceda el importe autorizado en devolución sea depositado en la misma.
-La cuenta CLABE es única por contribuyente, es decir, no puede ser manifestada por ningún otro contribuyente.

Si el saldo a favor de la declaración anual excede los 150,000 pesos no podrás aplicar la facilidad de solicitar tu devolución en forma automática, sin embargo, podrás solicitar la devolución del saldo a favor a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

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Fotoarte: Cristian Laris

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¿Qué pasa si no presento mi Declaración Anual 2022?

El portal del banco BBVA explica que todos los contribuyentes obligados deben presentar su declaración en el tiempo límite. En caso de que no presentes tu Declaración Anual, es posible que el SAT te interponga alguna multa. Debes tener en mente que, por lo regular, esta obligación acarrea el pago de otros impuestos, así que también podrías recibir recargos y más penalizaciones por cada uno de ellos.

El banco abunda en los montos de las multas por no presentar la declaración al SAT. Según sus datos, estas penalizaciones van de los 1,400 a los 17,370 pesos, dependiendo de la gravedad de la omisión. Además, en caso de no pagarlas, se continuarán acumulando multas y recargos por el pago de tus obligaciones fiscales.

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