El regreso a clases suele implicar múltiples gastos para los padres de familia debido a la compra de útiles escolares, uniformes, material de limpieza, equipos de cómputo, colegiaturas y transporte. Sin embargo, estos dos últimos rubros son deducibles de impuestos en caso de ser obligatorios, indicó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con el organismo a cargo de Antonio Martínez Dagnino, el beneficio es aplicable para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa con el estudiante o para sí mismos

El organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) aclaró que la deducción de colegiaturas será conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.

Asimismo, mediante un comunicado detalló que desde el nivel preescolar hasta el de bachillerato habrá montos máximos anuales a devolver a los contribuyentes.

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¿Cómo obtener el beneficio?

Según lo indicado por el SAT, para que las personas puedan recuperar el pago de sus impuestos por concepto de colegiaturas o transporte escolar deben contar con una factura emitida por la institución educativa, en donde se desglose todo lo pagado.

Además, el pago debió haberse realizado a través de alguno de estos formatos: cheque nominativo, una transferencia electrónica desde una cuenta del contribuyente o con una tarjeta de crédito, débito o de servicios. 

En caso de requerir alguna aclaración o contar con alguna duda, los contribuyentes se pueden poner en contacto con OrientaSAT a través del sitio web del organismo o vía telefónica. 

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