¿Cómo obtener el RFC y e.firma? El SAT simplifica trámites
¿Cómo obtener el RFC y e.firma? El SAT simplifica trámites

¿Cómo obtener el RFC y e.firma? El SAT simplifica trámites

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó cambios para simplificar la expedición del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la firma electrónica (e.firma), la Constancia de Situación Fiscal y pagar impuestos en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico).

A partir de octubre, las personas físicas que quiera obtener el RFC y la e.firma sólo tendrán que presentar su credencial para votar vigente con domicilio visible y completo. Lo anterior es debido a que ya no será necesario presentar la Clave Única de Registro de Población (CURP), ni comprobante de domicilio.

En tanto, para el trámite del RFC de personas físicas y morales, ya no se necesitarán preinscribirse en el portal del SAT como un acto previo a la cita.

Para la renovación de la e.firma de personas físicas, pero que tenga menos de un año de haber vencido, se podrá realizar el trámite por canales remotos. Sin embargo, en caso de acudir a las oficinas del SAT sólo necesitará contar con una memoria USB ya que se identificara a la personas física con su huella dactilar.

SAT agiliza la Constancia de Situación Fiscal

Paralelamente, el SAT informó que agiliza la entrega de la Constancia de Situación Fiscal ya que se puede obtener en sus oficinas solo mostrando la huella digital o credencial para votar vigente.

Además, recuerda, que se puede obtener desde cualquier lugar a través del portal del fisco, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual. 

También revelaron que se habilita la cédula de datos fiscales, una nueva forma para que los contribuyentes puedan consultar de manera práctica datos como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal.

Exentan declaración anual en el Resico

Asimismo, los contribuyentes que pagan sus impuesto en el Resico quedan exentos de presentar declaración anual y solo tienen que presentar pagos mensuales.

Los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.

Las personas físicas que salieron del Resico pueden volver al mismo, al presentar un caso de aclaración, o bien, un aviso de actualización de actividades ante el SAT.

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