El presidente Andrés Manuel López Obrador envió al Congreso una iniciativa de reforma para que las Afore operen a través de Fondos de Inversión Especializados de Fondos para el Retiro (Fiefore), en vez de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefore) actuales, y para modificar su régimen de inversión.

“Si bien el monto de ahorro canalizado a través del Sistema de Ahorro para el Retiro por las administradoras ha contribuido al desarrollo del mercado de capitales en el país, no ha alcanzado estándares comparables con niveles de desarrollo económico y social en los mercados de otros países similares a México”, se explica en la exposición de motivos de la iniciativa.

Las empresas pequeñas y medianas, que generan la mayor parte del empleo en el país, son las más afectadas, pues no tienen acceso a financiamiento en los mismos términos que las empresas grandes, señala.

“Una mayor participación de las administradoras en los mercados de capitales contribuirá a dar profundidad y liquidez a los títulos emitidos por las empresas privadas, particularmente las micro, pequeñas y medianas empresas que no cuentan con alternativas de financiamiento”.

Entre los objetivos listados en la iniciativa de reforma a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro también está el tener una mejor composición de los portafolios de inversión para “lograr mejores rendimientos que se traduzcan en mejores pensiones para los trabajadores”.

Modificaciones

El régimen de inversión de las administradoras sería definido por la Comisión Nacional de Ahorro para el Retiro (Consar), previa opinión de la Secretaría de Hacienda y el Banco de México.

Actualmente, no pueden recibir depósitos de dinero, pero las modificaciones planteadas por López Obrador permitirían que los Fiefore reciban depósitos ‘que se constituyan como garantías en operaciones de reporto, préstamo de valores e instrumentos financieros derivados’.

También podrán realizar operaciones activas de crédito correspondientes a préstamos de valores y reportos emitidos, sujetas a las disposiciones que emita Banxico. Actualmente, sólo pueden realizarlo sobre valores emitidos por el gobierno federal.

El límite de activos extranjeros como porcentaje total del fondo de inversión será determinado por la Consar, previa opinión de Hacienda y Banxico. Las Siefore pueden tener hasta 20% de su activo total en valores extranjeros.

El cálculo de comisiones cobradas también se modificaría, al adicionar un componente calculado sobre la base del rendimiento que hayan obtenido los trabajadores con su ahorro, a través de una fórmula que autorice la Junta de Gobierno de la Consar.

En el esquema vigente, las comisiones se cobran solo como un porcentaje sobre el valor de los activos administrados, sin incluir medidas de rendimiento.