El gobierno de Andrés Manuel López Obrador, quiere impulsar la economía y reducir la violencia en la frontera norte, para lo cual ha puesto en marcha un paquete de estímulos fiscales que ha generado dudas sobre los verdaderos efectos que tendrá en los precios y en la actividad económica.
La estrategia consiste en la creación de una zona franca de 25 kilómetros en la frontera norte, en donde la tasa del IVA pasará del 16 a 8%, así como un ajuste del ISR de 30 a 20%.
En el caso del IVA, la reducción será para personas físicas o morales, que realicen actos o actividades de enajenación de bienes, prestación de servicios independientes u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, en establecimientos dentro de los municipios contemplados.
El crédito fiscal se aplicará en forma directa sobre la tasa para que el impuesto disminuido se aplique al valor de los actos o actividades beneficiados con el estímulo fiscal, de forma tal que se asegura que únicamente se traslade al adquirente de los bienes o servicios una carga fiscal del 8%.
¿Menores precios en los bienes y servicios?
Con la reducción del IVA, los consumidores podrán ver precios más bajos. Para esto, los contribuyentes deben presentar un aviso de aplicación del estímulo fiscal a más tardar el 31 de enero de 2019.
Si no me dan la autorización no podré facturar al 8% y por lo tanto mi competidor que sí la obtuvo puede dar precios más bajos. Si ambos vendemos gasolina, el IVA que traslada al consumidor es de 8% y yo tengo que venderla con la tasa de 16%, con lo cual evidentemente estoy arriba (de su precio)
Guillermo Mendieta, presidente de la Comisión Auditoría Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).
“Puede incentivar pero lamentablemente no es generalizado, solo lo veremos a mediano y largo plazo cuando sepamos qué tantas empresas puedan tener este beneficio y trasladen al consumidor la tasa reducida”, dijo Mendieta.
En este sentido, puede ocurrir que algunos contribuyentes no reflejen un precio más bajo a los consumidores.
“Sí puede pasar pero creo que los grandes productores y comercializadores que tienen sistemas computarizados sí darán un respeto a la disminución del IVA, donde lo veo más complicado es en los pequeños comerciantes y productores (…) Vería una mayor dificultad en aplicar la disminución del IVA, pero en los sectores formales no veo dificultad”, comentó Alejandro Brugués, investigador del Departamento de Estudios Sociales de El Colegio de la Frontera Norte.
Efectos en la economía
De acuerdo con el diagnóstico del Ejecutivo Federal, existe una relación entre la violencia y la baja actividad en los municipios fronterizos, lo cual ha creado un círculo vicioso entre estos factores.
Por ejemplo, mientras que en 2015 en los municipios de la frontera norte la tasa promedio de homicidios era de 26.2 por cada 100,000 habitantes, en el resto del país la cifra era de 17.8. Para 2017 fueron 50.4 y 26.3 para el resto del país, de acuerdo con el INEGI.
Sí es positivo para expandir la actividad económica, esto se desencadenaría a partir de la disminución del IVA, porque en la practica significaría una reducción en el precio de los productos y esto va a generar un incremento en la producción
Alejandro Brugués.
Comentó que este estímulo tan solo es una parte para que los habitantes de la frontera norte vean menores niveles de violencia y una mejor economía.
“La estrategia que ellos (el gobierno) piensan a largo plazo es garantizar el aprovechamiento de las oportunidades económicas por todas las personas y que esto ya no los impulse a cometer delitos, es un buen supuesto del que parte”.
Por otro lado, aquellas empresa que hayan empezado sus sus actividades después del 1 de enero, tendrán que presentar el aviso de aplicación del estímulo en conjunto con la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC). De esta manera, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dará las autorizaciones.
Las actividades que no obtendrán el estímulo son: venta de inmuebles y bienes intangibles, la importación de bienes ni de servicios, el suministro de contenidos digitales mediante descarga o recepción temporal de archivos y el suministro de contenidos digitales como audio o video o de una combinación de ambos, mediante la descarga o recepción temporal de los archivos electrónicos, entre otros.
Los contribuyentes que han incurrido en conductas dolosas para evadir el cumplimiento de obligaciones fiscales, tampoco tendrán el beneficio, así como aquellos a quienes se les haya aplicado la presunción de inexistencia de operaciones amparadas con comprobantes fiscales.
Municipios contemplados
Los municipios que contempla el decreto presidencial son: Ensenada, Playas de Rosarito, Tijuana, Tecate y Mexicali del estado de Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta del estado de Sonora; Janos, Ascensión, Juárez, Praxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides del estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo del estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac del estado de Nuevo León, y Nuevo Laredo; Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros del estado de Tamaulipas.