La Secretaría de Economía (SE) aseguró que el financiamiento de Altán Redes por parte de Banco Nacional de Comercio Exterior (Bancomext) no vulnera las disposiciones contenidas en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

El financiamiento recibido por parte de Bancomext no contraviene las disposiciones contenidas en el T-MEC. El Estado mexicano garantizará que actuará con imparcialidad, respetando a cabalidad lo previsto en el capítulo 18 “Telecomunicaciones” del T-MEC

informó la Secretaría de Economía en un comunicado.

El pasado 10 de junio, se concretó un acuerdo de financiamiento que permitirá a Altán Redes acceder a un crédito por 388.1 millones de dólares, cuya estructura incluye a Bancomext, que otorgó un crédito por 161 millones de dólares o bien, el 41% de los recursos.

El 59% restante se otorgó con la participación de proveedores, equivalente a 166.6 millones de dólares; 50.5 millones de dólares correspondientes a accionistas y 10 millones de dólares se atribuyen a clientes.

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¿Qué establece el capítulo de ‘Telecomunicaciones’?

De acuerdo con el comunicado, el capítulo 18 “Telecomunicaciones” del T-MEC establece que el Estado mexicano debe evitar acciones que otorguen un trato más favorable a alguno de los proveedores de telecomunicaciones, ya sea público o privado.

El objetivo es garantizar que todos los competidores del mercado se encuentren en condiciones de igualdad de competencia

detalló el comunicado. 

De esta manera, ninguno de los competidores deberá utilizar algún tipo de condición ventajosa que le permita establecer condiciones que limiten la competencia, que tengan como finalidad el desplazar a los competidores o imponer restricciones de entrada en el mercado.

IFT avala concentración en Altán Redes

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) autorizó por unanimidad la concentración que involucra financiamiento a Altán Redes por parte de sus accionistas y la Banca Mexicana de Desarrollo

La resolución también integra una opinión en materia de competencia económica para modificar el contrato de Asociación Público Privada (APP) de la Red Compartida Mayorista celebrado entre PROMTEL, Telecomunicaciones de México (Telecomm) y Altán.

Mediante un comunicado, la autoridad reguladora explicó que, del análisis de concentración, no se prevé que pueda tener por objeto o efecto conferir poder sustancial a las partes involucradas.

También, descartó que ésta tenga por finalidad establecer barreras a la entrada, impedir a terceros el acceso a los productos y servicios y/o facilitar actos prohibidos por la Ley Federal de Competencia Económica en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión. 

El IFT detalló que ambas resoluciones tuvieron lugar en dos sesiones distintas. 

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