Cofepris y Profeco bloquean 10,075 productos por incumplir NOM-051

Cofepris y Profeco inmovilizan más de 10,000 productos por incumplir la NOM-051

En un operativo conjunto, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) inmovilizaron 10,075 productos nacionales e importados por incumplir la NOM-051.

Tras una visita de verificación a supermercados en la Ciudad de México, las autoridades bloquearon estos productos como medida precautoria por la falta a la norma y su modificación para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, informaron en un comunicado conjunto. 

Profeco acudió a cuatro establecimientos en CDMX, de Nueva Walmart, City Fresko y Chedraui para verificar el cumplimiento de la norma y comprobar que los consumidores sean informados adecuadamente sobre los productos que adquieren.

Entre los productos asegurados en estos establecimientos fueron productos para preparar bebidas sabor chocolate de la marca Choco Tavo, así un jarabe de la marca D’Gari y un chocolate de la marca Chocolate Ibarra. 

Simultáneamente, Cofepris acudió a supermercados Soriana y Chedraui, donde también se identificó el incumplimiento en etiquetados de varios productos, en donde se inmovilizaron más de 80 marcas, entre las que destacan galletas, cereales, frituras de maíz y gelatinas de sabor.

Estos productos fueron asegurados ya que presentan irregularidades en su etiquetado, tales como: omitir el sello de exceso calorías o exceso azúcares, omitir leyendas de alérgenos y las asociadas al contenido de cafeína y edulcorantes, presentar imágenes interactivas en productos con sellos de advertencia o etiquetado derogado

señala el comunicado conjunto

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Regulación, de carácter obligatorio

Las autoridades precisaron que la regulación nacional es de carácter obligatorio y, en materia de etiquetado, establece la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado del producto preenvasado destinado al consumidor final, de fabricación nacional o extranjera, comercializado en territorio nacional. 

Además, recordaron que los sellos de advertencia nutrimental deben estar situados al frente de los empaques.

En ese sentido, explicaron que la colocación de sellos en posición lateral o posterior puede tener el propósito de invisibilizar contenidos no saludables, o engañar a las y los consumidores sobre las propiedades nutrimentales de los artículos.

Los fabricantes de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados de productos mexicanos e importados son sujetos obligados del cumplimiento de la normatividad vigente.

En este sentido, recordaron que pueden encontrar guías y manuales sobre la aplicación de la NOM-051 disponible en https://bit.ly/3IvxVLm.

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