La nueva obligación de Telcel de desbloquear equipos móviles y de realizar contratos separados de equipos terminales y servicios de telefonía e internet móviles será efectiva a partir de junio de 2021, aseguró el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en conferencia virtual.

El órgano regulador precisó que la compañía cuenta con un plazo de seis meses para implementar lo necesario a fin de cumplir con esta nueva medida en esa fecha.

Tras la segunda revisión bienal de preponderancia en telecomunicaciones, el IFT resolvió imponer nuevas medidas a América Móvil en su calidad de agente económico preponderante, entre las que destaca esta obligación en beneficio de los consumidores.

El resto de las medidas aplicadas, sin embargo, entraron en vigor el pasado 8 de diciembre, es decir, un día después de notificar a la empresa controlada por Carlos Slim de la resolución.

América Móvil adelantó que impugnará las nuevas medidas asimétricas impuestas por el órgano regulador.

Desbloqueo de equipos obligado

Lorely Ochoa, directora general de Desarrollo de Telecomunicaciones y Radiodifusión del IFT, señaló que la premisa del desbloqueo de terminales radica en el hecho de que el usuario quiera cambiar de operador de telecomunicaciones.

En ese caso, el usuario tendría que realizar la gestión ante Telcel para rescindir su contrato de servicio, pagar los adeudos que correspondan y, si ya transcurrieron seis meses, el operador está obligado a desbloquear el equipo terminal.

“Es un facilitador para los usuarios, y lo que se busca es que éstos no tengan que hacer erogaciones importantes solo por cambiar de operador de servicio”, agregó.

Ochoa destacó que lo importante es que el cliente no pague un remanente importante, lo que, de alguna manera, se reflejará en la reducción de costos.

Aunque varias de las nuevas medidas asimétricas impuestas al preponderante son en beneficio del consumidor, algunos analistas de la industria consideran que las obligaciones derivadas de la segunda revisión bienal son más bien laxas y menos estructuradas.

Entre los beneficios, se espera que se reduzcan los costos de cambio de los usuarios de pospago, lo que favorecerá la movilidad y libre elección de los usuarios.

Esta medida derivará en que los usuarios seleccionen libremente a su proveedor de telecomunicaciones en función de los atributos que les provean mayor valor.

Otras medidas

Respecto a la prestación de servicios mayoristas, el IFT estableció que las pospuestas de Ofertas de Referencia y de Convenios Marco de Interconexión deberán partir de aquellos vigentes y, en su caso, el preponderante deberá proporcionar justificaciones detalladas de los cambios que proponga.

Como beneficios, el regulador espera que la adecuación favorezca la prestación efectiva de los servicios mayoristas, a efecto de que los usuarios cuenten con más y mejores opciones.

Sobre los mecanismos de supervisión y verificación, el IFT establece que deberán existir permanentemente manuales actualizados que reflejen adecuadamente la operación del Sistema Electrónico de Gestión (SEG).

Esto con el fin de que sirvan de base para un uso adecuado por parte de los operadores y del Instituto.

Además, plantea que este sistema deberá operar como el medio oficial de solicitud y reporte de servicios; y solo en casos de indisponibilidad y falla, así como de situaciones previstas en las ofertas de referencia, podrán utilizarse los medios alternativos.

Prevén como consecuencia la proveeduría de más herramientas para el desarrollo de las funciones regulatorias y de supervisión y verificación de IFT.