Las personas que tienen acciones de empresas, bonos de deuda del gobierno o criptomonedas deben pagar impuestos por estas inversiones al Servicio de Administración Tributaria (SAT), a más tardar el próximo 2 de mayo.

Dentro de las obligaciones fiscales de los contribuyentes está la presentación de los ingresos obtenidos a través del mercado de valores, en México u otras jurisdicciones, en la declaración anual.

Las inversiones en intereses, dividendos, enajenación de acciones, Fondos Cotizados en Bolsa (ETFs, por sus siglas en inglés), fondos de inversión o Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (Fibras) tienen un tratamiento fiscal distinto.

Por esta razón, es importante conocer cuáles son las consideraciones y especificaciones del SAT en el pago de impuestos de cada uno de los instrumentos de inversión.

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Saldo a favor 

Los instrumentos de deuda emitida por el gobierno federal como los Certificados de la Tesorería (Cetes) están sujetos a un Impuesto sobre la Renta (ISR) de hasta el 35%, pero los contribuyentes pueden tener saldo a favor.

En este tipo de inversiones, los intermediarios financieros aplicaron una tasa de retención mensual de 0.08% sobre el monto del capital durante el ejercicio fiscal de 2022. 

Generalmente esta tasa de retención provisional va a ser más alta que lo que se termina pagando. Las personas físicas y morales suelen tener un saldo a favor de lo que les retuvieron porque no es la verdadera ganancia

dijo Juvenal Lobato, profesor de derecho fiscal y constitucional de la facultad de derecho de la UNAM.

El especialista en materia fiscal explicó que las personas físicas pagan con base en rangos, obtenidos de los ingresos totales por conceptos de interés real, que es el interés nominal menos la inflación.

De esta manera, es posible solicitar al SAT la devolución del monto retenido en el transcurso del periodo. Para 2023, la tasa de retención sobre estos bonos pasó de 0.08% a 0.15%.

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Enajenación de acciones, dividendos, fondos y Fibras

La Ley del Impuesto Sobre la Renta establece un impuesto del 10% sobre la ganancia capital por la venta de acciones, de empresas nacionales o extranjeras, en las bolsas de valores.

Sobre la enajenación de acciones, el impuesto a pagar corresponde a la utilidad generada, calculada con el precio de adquisición del título y el valor al que se vendió en el mercado.

En los dividendos, es decir, el reparto de utilidades de las compañías listadas en bolsa entre los socios, la tasa de retención es de 10%, sin embargo, están sujetos a un impuesto de hasta el 35%, con una carga impositiva del 42%.

Para un ETF de renta variable nacional o un fondo de inversión de renta variable se paga un impuesto definitivo de 10% sobre la ganancia, mientras que en el caso de los Fibras el ISR es de hasta el 35%.

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Deducibilidad

En la enajenación de acciones, ETFs y fondos de inversión de renta variable, es posible amortizar las pérdidas hasta en los 10 ejercicios fiscales siguientes, cuando la inversión no dio rendimientos.

Si sales con una pérdida mayor a tus utilidades, tu intermediario financiero debe expedir tu certificado de la pérdida para que puedas tener la deducibilidad de ingresos

explicó Sergio García Quintana, integrante de la Comisión Técnica de Finanzas y Sistema Financiero del Colegio de Contadores Públicos de México.

Para contrarrestar el efecto que pudiera generar el ISR en las inversiones, la Ley del Impuesto sobre la Renta prevé algunas deducciones, entre las cuales se encuentran las siguientes:

  • Honorarios médicos y gastos hospitalarios
  • Gastos funerarios
  • Donativos
  • Intereses por créditos hipotecarios
  • Aportaciones de retiro complementarias
  • Primas de seguros de gastos médicos 
  • Colegiaturas

¿Y las criptomonedas?

Las personas con inversiones en criptomonedas, entre ellas bitcoin o ethereum, también deben presentar los ingresos generados en su declaración anual ante el SAT.

Las inversiones en criptomonedas se toman como enajenaciones de bien. Se va generando una obligación tributaria y se tiene que hacer un cálculo de las ganancias obtenidas durante el año, es el resultado que se declara anualmente

mencionó Rodrigo Hernández, CEO de LedgiFi, una plataforma para calcular los impuestos.

Recomendó a las personas tener en órden toda la información de sus inversiones en cripto para no ser acreedores a una multa por parte del SAT, que puede variar dependiendo del monto que se invirtió.

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