Nota del Editor: Esta nota se publicó el 16 de febrero a las 15:19 hrs, pero se actualizó con la prórroga que dio el SAT.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) concedió una prórroga para la entrega de la declaración anual de los contribuyentes que estén dentro del Régimen Simplificado de Confianza (Resico) para el 21 de febrero de 2022. 

La prórroga responde a la saturación de los sistemas de declaraciones, debido al gran incremento en la demanda del servicio por los contribuyentes

La fecha límite era este jueves 17 de febrero y el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) advirtió sobre diversas fallas en las que deberá trabajar el SAT.

Entre las principales problemáticas identificadas por el IMCP figura la no incorporación de contribuyentes que hicieron la solicitud para tributar bajo el Resico y también un proceso que puede arrojar un cálculo erróneo en el Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Para la mayoría de los contribuyentes, el plazo para presentar el aviso de cambio al Resico venció el 31 de enero.

De un total de 3.3 millones de contribuyentes inscritos en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), solo 313,921 migraron al Resico, es decir, tienen como fecha límite para pagar sus impuestos este 17 de febrero.

Con este nuevo régimen, el SAT busca facilitar el pago de impuestos a personas físicas, cuyos ingresos no superen los 3.5 millones de pesos anuales; mientras que de las personas morales no tengan ingresos superiores a los 35 millones de pesos.

Si bien el Resico considera tasas atractivas entre 1 y 2.5%, los contribuyentes evaluaron, de acuerdo con su modelo de negocio, su permanencia en el RIF o su migración. Lo que respecta a la migración de las personas morales que se incorporaron al Resico, la autoridad no ha publicado el padrón de dichos contribuyentes

dijo en videoconferencia Laura Grajeda Trejo, presidenta del IMCP

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Unos sí y otros no al Resico

Al interior del IMCP han detectado situaciones que imposibilitan la presentación de declaraciones en tiempo y forma bajo el Resico. Una de estas se trata de las migraciones o permanencias de régimen no autorizadas por el SAT.

De los 3.3 millones de contribuyentes en el RIF, el SAT no aceptó la incorporación de 1.8 millones al Resico por incumplir con los requisitos, por lo que migraron al Régimen de Actividad Empresarial y Profesional.

Los casos por los que pudieron haber incumplido los requisitos se desconocen, pero el IMCP prevé que puede ser, por ejemplo, que los contribuyentes son accionistas de alguna empresa.

Por su parte, el vicepresidente de fiscal del IMCP, Ramiro Ávalos Martínez, agregó que otra falla del SAT fue la incorporación al Resico de contribuyentes aun cuando no cumplían con los requisitos.

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Información prellenada

Grajeda Trejo además expuso que otra falla se observa en las declaraciones, las cuales cuentan con información prellenada y puede arrojar cálculos erróneos.

Detectamos que para la conciliación de ingresos, partiendo de los CFDI emitidos, existen varios conceptos que se tienen que disminuir y otros incrementar, pero que aún no han sido incluidos en el aplicativo citado, lo cual genera un cálculo erróneo del pago de ISR

dijo Grajeda

Sobre las declaraciones de impuestos, Ávalos dijo que también aparecen prellenados los ingresos, deducciones y retenciones, y que no están recibiendo de manera correcta.

Bajo estas fallas y con la fecha límite encima, Grajeda instó al SAT a que sean atendidas y de ser posible que se extienda el plazo para este primer pago de impuestos con el Resico.

En total son 13 problemáticas identificadas por el SAT  y que estos días se agregaron dos más.

Solicitamos que la autoridad considere la extensión de plazo para la presentación del pago mensual de enero en el Resico, o bien que se habilite el aplicativo para que el contribuyente capture manualmente los datos necesarios para la determinación correcta de sus impuestos

dijo Grajeda 

Incluso el no pagar correctamente los impuestos el contribuyente puede ser sujeto a una multa: “pagar de más o pagar de menos puede generar una sanción”.

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