Corte valida tope a comisiones en afores de 0.57%
Corte valida tope a comisiones en afores de 0.57%

Corte valida tope a comisiones en afores de 0.57%

Este miércoles 13 de marzo la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válido el uso de los parámetros internacionales en las administradoras de fondos para el retiro (afores).

Lo anterior luego de que, en 2020, fueron sujetas a cobrar 0.57% sobre el saldo de los trabajadores. El porcentaje se calculó con base en lo sucede en los sistemas de Colombia, Chile y Estados Unidos.

La SCJN detalló en un comunicado que en el 2020 se reformó la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR) con la finalidad de que las afores cobraran comisiones por sus servicios en niveles similares a las mejores prácticas internacionales con la intención de contribuir al bienestar de los trabajadores en la etapa de retiro.

La Sala destacó que establecer un parámetro internacional para las comisiones que cobren las afores no implica imponer normas de otros países en México, solamente sirve para establecer el máximo al que estarán sujetas las comisiones que pueden cobrar las administradoras.

Afores no cuentan con con total autonomía 

La Segunda Sala precisó que las administradoras de fondos no cuentan con total autonomía operativa para desenvolverse en un mercado de libre competencia de forma absoluta, puesto que prestan un servicio de seguridad social que las coloca en un sistema de orden público regulado, cuyo objeto principal es la protección de los trabajadores y sus recursos.

Los ministros votaron a favor y, por mayoría, el amparo en revisión 849/2023, bajo la ponencia de la ministra Yasmín Esquivel Mossa. Sólo el ministro Luis María Aguilar Morales votó en contra.

Afore Sura perdió el amparo

El fondo de pensiones que metió el amparo en revisión fue Afore Sura. Instantes después de haber sido notificada por la SCJN comunicó que “el amparo presentado no objetaba la baja de comisiones”.

Lo que objetamos es la metodología de cálculo de comisiones planteada como parte de la Reforma de Pensiones del año 2020. Dicha metodología considera el comportamiento de las comisiones de tres países cuyos Sistemas de Pensiones responden a realidades completamente distintas a la del mexicano. 

Afore Sura añadió que se ampararon porque consideraron que la metodología para el cálculo de comisiones debe “obedecer exclusivamente a la realidad mexicana” y no al funcionamiento de otras soberanías. 

Válido que las afores cobren comisiones con parámetros internacionales: SCJN
Las administradoras de fondos para el retiro (afores) están sujetas a cobrar 0.57% sobre el saldo de los trabajadores. Fotoarte: EL CEO

Disminución histórica

En 2022 entró en vigor que la comisión que cobran las afores disminuyeran de 0.81% en promedio a 0.57% con lo cual ha sido el descenso más significativo en los casi 27 años que tiene el Sistema del Ahorro para el Retiro.

Los ingresos por comisión, que son la principal fuente de recursos de las afores, registraron 28,497 millones de pesos en el 2022, lo anterior significó una caída anual en términos reales de 32.6%. Mientras que en 2023 obtuvieron 30,327 millones pesos, un aumento anual de 0.8% real.

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