El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte contra el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien ostenta la titularidad del Ejecutivo Federal, ante la omisión de no elegir a las candidatas a comisionadas del Pleno del órgano regulador. 

En un comunicado, el Instituto detalló que el proceso de selección de integrantes del Pleno del IFT está previsto en el artículo 28 constitucional, el cual establece que el Ejecutivo Federal debe elegir a los candidatos a comisionados de una lista enviada por el Comité de Evaluación, para su posterior ratificación por el Senado.

La omisión del Ejecutivo Federal incide en el ámbito competencial de este órgano regulador al poner en riesgo facultades orgánicas y funciones esenciales que le han sido conferidas, lo que afecta la autonomía que le otorgó la Constitución

señala el IFT en el comunicado.

Dicha omisión, según se expone en el documento, transgrede además el mandato constitucional de paridad de género, debido a que el Pleno está integrado actualmente sólo por hombres. 

Al día de hoy, el Pleno del IFT cuenta con solo cuatro comisionados de los siete que deben completarlo.

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Proceso de selección, necesario

En la XVII sesión ordinaria celebrada el pasado 17 de agosto, el Pleno avaló por unanimidad la propuesta del comisionado presidente por suplencia, Javier Juárez Mojica, de entablar dicho juicio que fue presentado hoy ante el máximo tribunal del país.  

El proceso de selección de comisionados del IFT, previsto en el artículo 28 constitucional, establece que el Ejecutivo Federal debe elegir a los candidatos de una lista enviada por el Comité de Evaluación (integrado por Inegi y Banxico).

La lista contiene a los aspirantes que obtuvieron las calificaciones aprobatorias más altas en un examen de conocimientos, y proponerlos al Senado para su ratificación.

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Desde 2020, procesos dirigidos a mujeres

Dicho Comité realizó, durante los años 2020 y 2021, tres procesos dirigidos exclusivamente a mujeres -en atención a lo previsto en la reforma constitucional de paridad de género-, para ocupar las tres vacantes actuales en el Pleno del IFT, el cual por disposición constitucional debe estar integrado por siete comisionados.

El 16 de diciembre de 2020, el presidente López Obrador sometió a ratificación del Senado de la República la designación de dos comisionadas del IFT, por el periodo de nueve años, contados a partir del 1 de marzo de 2020 y del 1 de marzo de 2021.

Sin embargo, dichas designaciones fueron rechazadas por el Senado y, hasta ahora, López Obrador no ha enviado una nueva propuesta a partir de la lista de aspirantes que le hizo llegar en su oportunidad el Comité de Evaluación.

En riesgo, facultades y decisiones del IFT

Del análisis realizado por el IFT, la omisión de selección de AMLO incide en el ámbito competencial del órgano regulador al poner en riesgo facultades orgánicas y funciones esenciales que le han sido conferidas por la Constitución y por las leyes.

Lo que afecta la autonomía que le otorgó la Constitución y le impide ejercer a través de su órgano máximo de gobierno, el Pleno, todas y cada una de las atribuciones que le son encomendadas por la Constitución Federal y por las leyes

En el documento, el IFT asegura que “resulta indispensable” contar con un Pleno conformado por siete comisionados y bajo un principio de paridad de género, además de poder ejercer la totalidad de sus atribuciones constitucionales y las establecidas en las leyes.

Todo ello, a fin de cumplir con su objeto y propósito constitucional como regulador de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, así como de autoridad exclusiva en materia de competencia económica para dichos sectores.

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