El gobierno de Estados Unidos ha solicitado a las autoridades mexicanas que revisen las instalaciones de Volkswagen México localizadas en Cuautlancingo, Puebla, por una supuesta denegación a los derecho de libertad de asociación y negociación colectiva

A través de un comunicado, se detalló que la petición llega en respuesta a una demanda presentada por extrabajadores de la fabricante de autos en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

El llamado de la representante comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, significa la vigésima tercera ocasión que su país invoca el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MRR), y la quinta en 2024. La mayoría han estado vinculadas a empresas de la industria automotriz. 

Estamos profundamente preocupados por las presuntas violaciones a la libertad sindical en la planta de Volkswagen en Puebla, especialmente dado su lugar histórico en la economía de México y su movimiento sindical independiente

señaló la subsecretaria adjunta de Asuntos Internacionales, Thea Lee.

Durante el lapso en que se revisará la solicitud, Estados Unidos ha decidido suspender la liquidación de aranceles sobre productos provenientes de las instalaciones, donde se fabrican vehículos y autopartes Volkswagen.

Antecedentes sobre el caso de Volkswagen 

El pasado 25 de abril, un grupo de exempleados de la firma de origen alemán envió una petición de MRR al Comité Laboral Interinstitucional para el Monitoreo de la Aplicación (ILC) alegando que había sido despedido es represalia por su actividad sindical

Tras una minuciosa revisión de la solicitud y la información que la acompañaba, las autoridades concluyeron la existencia de suficiente y creíble evidencia que marca una violación a los derechos laborales

Ahora México tiene 10 días para aceptar realizar una revisión y 45 —a partir de hoy— para concluir la remisión.  

En un comunicado por separado, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) firmó un convenio de colaboración con las 32 entidades federativas con el objetivo de atender de forma conjunta y coordinada las solicitudes de revisión que tanto Estados Unidos como Canadá presenten en el marco del tratado comercial. 

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