El SAT va por empresas como Uber y Airbnb, pero sus usuarios también pagarán las consecuencias
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El SAT va por empresas como Uber y Airbnb, pero sus usuarios también pagarán las consecuencias

El SAT va por empresas como Uber y Airbnb, pero sus usuarios también pagarán las consecuencias

Como “una llamada a misa”, así ven algunos especialistas las nuevas disposiciones fiscales que tendrán que cumplir empresas de la llamada economía colaborativa, que usan plataformas digitales para ofrecer bienes y servicios y, que hasta ahora, no pagan impuestos en México.

No obstante, los usuarios de aplicaciones digitales, no saldrán bien librados, ya que verán un aumento en los precios en gran parte de ellas. Y aunque las grandes transnacionales estará más vigiladas por el fisco, aún falta un gran trecho para que sus ganancias sean gravadas.

El Paquete Económico para 2020 propone actualizaciones en el marco tributario, que buscan cerrar el paso a la elusión de impuestos de las empresas digitales multinacionales, que han provocado dolores de cabeza a los sistemas tributarios alrededor del mundo.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) intentará cazar a las empresas que dan acceso a bienes o servicios a través de una plataforma tecnológica y que actúan como intermediarios, como es el caso de servicios de transporte privado como Uber o de hospedaje, como Airbnb.

En el caso de residentes en el extranjero sin establecimiento en México, estas empresas serán retenedores de impuestos, de IVA y de ISR, y los enterarán al SAT, para lo que deberán inscribirse al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Lo que esta haciendo es obligar a estas empresas a convertirse en retenedores del pago de impuestos, tendrán que retener el impuesto (de quien presta el servicio en México) y enterar al gobierno de esa retención

dijo Rodrigo Ramírez Venegas, presidente de la Comisión Fiscal 3 del Colegio de Contadores Públicos de México.

De acuerdo con datos de INEGI, en la economía colaborativa 14.6 millones de usuarios utilizan internet para ordenar y comprar productos y 7 millones para ventas.

Con esto, el SAT las tendrá plenamente identificadas, conocerá sus servicios, y en un momento dado podrá ser más fácil cobrarles el ISR por sus ganancias, tal como desde hace años lo establece el artículo 1ro. de la Ley del ISR.

En el caso del IVA, esto será una afectación directa a los usuarios, al ser un impuesto que grava el consumo.

Las empresas intermediarias deberán dar información al SAT sobre las operaciones que se realizan a través de ellos; y cuando también procesen los pagos, cobren por cuenta del vendedor o prestador del servicio, además del precio, el IVA correspondiente y efectúen una retención de 50% de dicho impuesto.

Con ello se estima que se logrará establecer un mecanismo importante para un mejor control de estas operaciones y disminuir la evasión fiscal, de acuerdo con Hacienda.

El IVA lo tiene que pagar el consumidor final, es quien termina con la repercusión final. En el momento en que el gobierno lo convierta (a la empresa extranjera) en un contribuyente identificado y que tenga que pagar IVA por esa transacción, el bien tiene que aumentar 16% porque es un impuesto que hay que trasladarlo

dijo Ramírez.

Para la retención, estarán obligadas a publicar en su página de internet en forma expresa y por separado el IVA correspondiente al precio de los bienes o servicios. Además, deberán expedir al una factura electrónica y dar al SAT diversa información de las operaciones realizadas con sus clientes, ya sean personas físicas o personas morales, cuando hayan actuado como intermediarios, aun cuando no hayan llevado a cabo el cobro de la contraprestación ni del IVA.

En el caso de ISR lo deberán pagar los contribuyentes personas físicas con actividades empresariales que enajenen bienes o presten servicios por las plataformas tecnológicas. El impuesto, se pagará mediante retención que efectuarán las personas morales residentes en México o en el extranjero con o sin establecimiento permanente en el país.

Los esfuerzos se están haciendo a nivel internacional para que paguen impuestos aún no se ven reflejados y en México diría que tampoco se van a ver tato. Lo que tratan es cazarlos, que se inscriban en el RFC y tienes una facilidad para cobrarle el impuesto. Es una llamada a misa

dijo Rodrigo Ramírez.

Cabify no ve afectaciones

En el caso de Cabify, que ofrece servicio de transporte privado por medio de una aplicación, descarta afectaciones o aumentos en precios, ya que es una empresa que está establecida legalmente en México, paga impuestos correspondientes y desde hace unos meses retiene los impuestos a los choferes.

Desde mayo, el SAT implementó un programa para que firmas de movilidad y entrega de alimentos retuvieran el ISR e IVA de choferes o repartidores que prestan sus servicios a través de las plataformas, sin embargo solo fue un piloto y no participaron todas las compañías, cosa que cambiará si el Paquete es aprobado por los legisladores.

En realidad nosotros ya nos dimos de alta en el SAT como retenedores, en dado caso de que entre en vigor la Ley del ISR y del IVA vamos a poder realizar las retenciones más fácil

comentó en entrevista Eli Pérez Gaffney, directora de asuntos corporativos de Cabify.

La directiva descartó afectaciones en los precios de los usuarios de Cabify, ya que la empresa está legalmente constituida en México desde su entrada y cumple con las leyes mexicanas.

“Tenemos el principio de operar bajo las leyes de cualquier país en el que operamos, en el momento que (Cabify) entro a México cumple con las leyes mexicanas y está constituida para esos efectos. Ya cubre el IVA de todos los trayectos que se realizan dentro de la plataforma y hacemos declaraciones tanto mensuales como anuales y pagamos ISR por el ejercicio”

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