Cada vez está más cerca la temporada para cumplir con la obligación fiscal de presentar la declaración anual 2023. Es un requisito que tendrán que realizar los contribuyentes para estar al corriente ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) porque su incumplimiento implicaría multas económicas.
Las personas físicas elegibles tienen que presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio 2023; la fecha límite es el 1 de abril.
Este documento se brinda ante el SAT para que el organismo tenga control de los impuestos que cobra a los contribuyentes. Por ese motivo, en algunos casos podrán tener adeudos pendientes o saldo a favor que derive en una devolución por cobros hechos en el año fiscal. Esto otorga mayor importancia y castigos en casos de incumplimiento.
¿Qué pasa si no se presenta la Declaración Anual en 2024?
De acuerdo con el portal de educación financiera de BBVA, hay problemas para quienes están obligados a presentar su declaración anual y no lo hagan porque se harán acreedores a sanciones económicas como multas por cada aspecto incumplido.
Las multas por no presentar una declaración van desde los 1,400 hasta los 17,370 pesos. Los contribuyentes también podrían hacerse acreedores a una de estas infracciones en caso de que que incumplan con requerimientos que el organismo solicite.
Además, las sanciones pueden escalar hasta los 34,730 pesos, dependiendo de los incumplimientos. Y, en caso de no pagarlas, podría provocar multas adicionales y recargos que se reportan al Buró de Crédito o incluso sobrevendrían en embargos en casos excepcionales.
¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual ante el SAT?
El SAT explica que estas son las personas físicas obligadas a presentar su declaración anual en 2024:
- Asalariados con ingresos de más de 400,000 pesos anuales
- Cuando se trabajó para dos o más patrones en un año
- Personas que solicitaron a su patrón no presentar la declaración
- En caso de haber dejado de trabajar antes del 31 de diciembre
- Al laborar para embajadas u organismos internacionales
- Si hay ingresos por honorarios, servicios profesionales, dividendos, rentas y actividades empresariales
- Si hubo un depósito por liquidación, jubilación o pensión
Sobre las personas morales, deberán cumplir con la obligación todas aquellas que tengan fines de lucro, como las empresas.
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