El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede ser sinónimo de pesadilla para los contribuyentes en México debido a los trámites burocráticos de la institución. No obstante, si se es una persona cumplida y se llega a tener saldo a favor, se puede solicitar devolución de impuestos.

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Los impuestos recaudados por el SAT, el cual es un organismo que se desprende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), se utilizan para solventar los gastos en salud pública, infraestructura y educación que requiere el país.

Dentro de los trámites de la declaración anual ante el SAT, el organismo presenta la posibilidad de la devolución parcial de impuestos.
Fotoarte: EL CEO

Uno de sus trámites fiscales más importantes es la declaración anual, que tal y como su nombre indica, se debe realizar cada año. En ésta se detallan los gastos e ingresos de cada contribuyente durante el año fiscal anterior y parte del procedimiento incluye la devolución de impuestos.

La declaración anual y la devolución de impuestos 

Tras presentarse la declaración anual se permite que se devuelva una parte de los impuestos en los casos en los que se hayan pagado más de lo debido y a esto se le llama saldo a favor. Esto sucede ya sea por las retenciones que hacen los patrones o por el cálculo de impuestos que realizan las personas.

De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley Federal de Derechos del Contribuyente, las personas tienen derecho a solicitar la devolución del saldo a favor que haya resultado de sus declaraciones de impuestos de hasta cinco años anteriores.

La declaración anual ante el SAT es una de las obligaciones fiscales más importantes y tiene una fecha límite para presentarla
Fotoarte: EL CEO

Una vez realizado el trámite, el SAT tiene de 10 a 40 días hábiles para responder si éste procede. Si el organismo responde después de ese tiempo y es procedente la solicitud, estará obligado a pagar intereses.

¿Cómo hacerlo valer?

 El SAT  cuenta con una devolución automática para facilitar el trámite y aplica a todas las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal anterior al año en curso.

Esta modalidad aplica para aquellos que señalen la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio y presenten ésta de forma electrónica con contraseña o e.firma, según corresponda, conforme lo siguiente:

  • Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos puedes presentar la declaración anual con contraseña
  • Cuando el saldo a favor es de 10,001 a 150,000, la declaración anual se presentará utilizando la e.firma
  • Se debe señalar un número de cuenta CLABE a 18 dígitos. Ésta deberá estar activa y a nombre del contribuyente como titular, así como la denominación de la institución integrante del sistema financiero a la que corresponda dicha cuenta porque en caso de ser autorizada, la devolución se deposite en la misma.
  • La cuenta CLABE es única por contribuyente, es decir, no puede ser utilizada por ningún otro.

Una vez realizado lo anterior, el interesado puede darle seguimiento a su trámite en el portal del SAT, en la sección “Consulta tu devolución automática”.

Dentro de los trámites de la declaración anual ante el SAT, el organismo presenta la posibilidad de la devolución parcial de impuestos.
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En qué casos no aplica la devolución automática de impuestos

En el caso de que el saldo a favor exceda los 150,000 pesos no se puede aplicar la modalidad de solicitar la devolución en forma automática, sin embargo, existe la posibilidad de solicitarlo mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

De igual forma las personas físicas que no están obligadas a darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes y el monto de su devolución sea igual o menor a 10,000 pesos. Se puede acudir a cualquier administración desconcentrada del SAT para que un asesor registre la solicitud.

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