Lo que debes saber sobre la NOM contra el estrés laboral
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Lo que debes saber sobre la NOM contra el estrés laboral

El 23 de octubre entrará en vigor la Norma Oficial Mexicana, que obliga a los empleadores a identificar, analizar y prevenir los factores de ansiedad y estrés laboral entre sus trabajadores.

Esta norma, NOM-035-STPS-2018, busca prevenir los factores de riesgo psicosocial y promover un mejor entorno laboral en México.

Los factores de riesgo psicosocial se definen como “aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado”, según consta en la publicación de la norma en el Diario Oficial de la Federación.

Entre estos riesgos están las condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente de trabajo, la gran carga de trabajo, jornadas laborales superiores a las previstas en la Ley General del Trabajo, interferencia en la relación trabajo-familia y relaciones negativas con jefes o compañeros de trabajo.

“Lo primero que tenemos que hacer diagnósticos para identificar si hay un ambiente sano para trabajar y cómo debe ser”, dice en entrevista Pablo Lezama, director general de la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH).

Estrés y ansiedad laboral

Con la entrada en vigor de la NOM-035-STPS-2018, todos los patrones deberán dejar por escrito y difundir a sus empleados su política de prevención contra el estrés, la ansiedad y la violencia laboral, así como la promoción de un entorno organizacional favorable.

“La norma obliga a que sea el patrón quien se acerque con los trabajadores a informarles de la norma y el proceso para la detección de problemas. Pero los trabajadores también tienen la obligación de participar”, dice Lezama.

Las empresas que tengan entre 15 y 50 empleados deberán identificar y analizar los factores de riesgo psicosociales entre sus empleados, tomando en cuenta el ambiente de trabajo, las jornadas laborales y los potenciales liderazgos negativos.

Lo centros de trabajo con más de 50 trabajadores deben hacer una evaluación del entorno organizacional, en el que se mida el sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa, la formación para realizar tareas, la definición de responsabilidades y la distribución adecuada de cargas de trabajo, estipula la NOM.

La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá realizarse, al menos, cada dos años”, detalla de la norma.

El objetivo de estas medidas es “atender los casos de estrés continuo y cotidiano; no mide los periodos de estrés ocasional”, dice en entrevista Cointa Lagunes, directora de normalización en seguridad y salud laborales de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Tiempos y cumplimientos

A partir del 23 de octubre, los patrones deben tener mecanismos de difusión de los riesgos psicosociales, aunque la elaboración de cuestionarios y la aplicación de mejoras e evaluará hasta el próximo año.

Por lo anterior, César Iglesias, de la consultoría Asciende, recomienda a las empresas enfocarse en cumplir otras Normas Oficiales Mexicanas, como la 030 – que verifica las medidas de salud y seguridad – en lugar de centrar su atención en la del estrés laboral.

“La norma no dice cómo medir o dar cumplimiento, solo te indica que lo tienes que cumplir: Hay muchas formas de cumplirlo, así que la STPS solo te pedirá la evidencia de que lo haces”, dice.

En sus cuestionarios, la NOM-035-STPS-2018 contempla identificar a los trabajadores que fueron sujetos de acontecimientos traumáticos —como asaltos, amenazas o accidentes graves— y a quienes estén sujetos a situaciones de ansiedad o presión constantes, para canalizarlos a alguna institución de seguridad social o a un médico privado.

Los empleadores pueden tener médicos o psicólogos para acompañar a sus empleados, aunque no es necesario, coinciden Lezama y Lagunes.

La funcionaria de la STPS advierte que la única autoridad que puede calificar si la enfermedad de un trabajador deriva de su empleo o de un accidente es el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) – o Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en el caso de los servidores públicos.

“Nosotros no nos encargamos de curar o resarcir el daño; eso es en las instituciones de salud que atienden a los trabajadores. Por eso no es necesario que contraten un psiquiatra o psicólogo; si el trabajador lo necesita, tiene que acudir a los servicios de seguridad social”, dice.

Inspecciones

En caso de que la STPS o alguna unidad de verificación se acerque a la empresa para vigilar el cumplimiento de la NOM-035, seleccionará aleatoriamente a trabajadores para hacer entrevistas.

Las inspecciones que realice la STPS se harán con previa notificación a las empresas sobre la fecha y el tipo de revisión que se efectuará. En caso de que se trate de una visita fuera de la agenda regular, por la existencia de una notificación, los servidores públicos podrán llegar sin aviso.

Derivado de la inspección, se determinarán los incumplimientos y se determinará una sanción económica, que irá directamente a las arcas de Hacienda, explica Lagunes.

Los dueños deberán guardar los documentos con sus análisis, encuestas y protocolos por al menos un año, en caso de que se realice una inspección, de acuerdo con la NOM.

Cabe destacar que estas medidas no son definitivas, dado que la NOM-035-STPS-2018 debe revisarse a más tardar en 2023 para hacer modificaciones en caso de requerirse.

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