Declaración anual: las pérdidas en inversiones pueden dejar algo positivo
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Declaración anual: las pérdidas en inversiones pueden dejar algo positivo

Declaración anual: las pérdidas en inversiones pueden dejar algo positivo

Inversiones incorrectas, un mal análisis o elegir productos financieros erróneos pueden dañar la cartera de cualquier inversionista, sin embargo, puede salir algo positivo ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Si tuviste minusvalías por algún tema de inversión va a impactar en tu declaración anual porque se reportará una deducción de ello. La deducción en la declaración, seguramente, va a generar pérdidas y, al generar pérdidas, no hay pago de impuestos

dijo Guillermo Mendieta, socio de la firma Mendieta y Asociados.

Una pérdida fiscal se obtiene de la diferencia entre los ingresos acumulables del ejercicio y las deducciones autorizadas, cuando el monto de estas últimas sea mayor que los ingresos, de acuerdo con el artículo 57, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Las opciones

Para declarar una pérdida fiscal, el SAT da dos opciones: se puede declarar, pero no se deduce ni la pérdida, ni se acredita el impuesto a cobrar al contribuyente, y se toma como un pago definitivo. Sin embargo, cuando la pérdida es considerable, ésta se puede utilizar para disminuir el impuesto a pagar, comentó Margarita Ceballos, directora de CEYCE, asesoría contable.

Por ejemplo, si los impuestos a pagar son de 10,000 pesos, pero la pérdida en inversiones fue por 20,000 pesos, el saldo puede llegar a cero pesos y, los otros 10,000 pesos de pérdidas se pueden diferir en los siguientes 10 años de utilidades futuras.

Pero, si el contribuyente no disminuye en un ejercicio la pérdida fiscal de ejercicios anteriores, perderá el derecho a hacerlo en los ejercicios posteriores y hasta por la cantidad en la que pudo haberlo efectuado, de acuerdo con el SAT.

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El 31 de marzo es la fecha límite de las personas morales para presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2019, y el 30 de abril, para las personas físicas.

Pasar por alto y no presentar la declaración anual le implica una multa al contribuyente de 1,400 a 17,370 pesos, a las que se pueden sumar otras penalidades.

Hasta el momento, el SAT no ha emitido una prórroga para ampliar la declaración anual.

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