La combinación entre el alza en la tasa de interés nominal de las instituciones financieras y la baja en la inflación general en México ha impulsado el incremento en los montos que cobra el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre los rendimientos que obtuvieron los ahorradores en 2023 respecto a lo que tuvieron que pagar en 2022.

Esta situación ha llevado a que el ahorrador reciba desde un menor saldo a favor hasta multiplicar en más de 10 el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que deben pagar, señala un artículo publicado por el diario Reforma.

El presidente de la firma consultora Fiscalía y socio del despacho Leal Benavides y Asociados, Gustavo Leal Cueva, explicó que el alza se debe a que el SAT cobra el ISR sobre la tasa de interés real que percibe un ahorrador, la cual resulta de la diferencia entre la tasa nominal percibida y la inflación registrada en un año en cuestión.

Así, mientras que en 2022 la tasa de interés nominal fue de 10%, con una inflación anual de 7.82%, en 2023 la tasa ofrecida por algunas instituciones fue de 12%, con una inflación que cerró en 4.66%.

Con ello, la tasa real cerró 2023 en 7.34%, cuando en un año previo se había ubicado en 2.18%, es decir, el año pasado los ahorradores recibieron más rendimientos por su dinero, lo que implica un mayor cobro de impuestos.

Otro elemento que afectó es que la tasa de retención el año pasado fue de apenas 0.15% sobre el capital invertido, por lo que quedó muy poco para deducir en el ISR gravable.

Al combinar esta tasa de retención con las altas tasas de interés que pagaron a los ahorradores en el 2023 y con la inflación en niveles más controlados que años anteriores, resulta que los ahorradores vieron ganancias reales en sus intereses muy por encima de la inflación. El mayor impacto fiscal recaerá en los montos de capital más altos

indicó el experto.

¿Cuándo vence el plazo para presentar la declaración anual ante el SAT?

En este 2024, el plazo para presentar la declaración anual para personas físicas es del 1 al 30 de abril. En caso de no presentarla dentro de la fecha límite, los contribuyentes pueden ser multados hasta por 34,730 pesos mexicanos, según lo indica el SAT.

Para aquellos que la presenten en el tiempo establecido y que deban cubrir algún monto adicional, las autoridades recaudatorias permiten diferir el pago hasta en seis mensualidades. La primera parcialidad se realiza en abril de 2024 y la última debe cubrirse antes del 30 de septiembre.

Posterior a que los contribuyentes realizan su declaración anual, el SAT se encarga de determinar si existe un saldo a favor de los trabajadores. De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación (CFF) en el artículo 22, el SAT tiene un plazo de 40 días hábiles para efectuar la devolución de impuestos desde que se realiza la solicitud.

Si el organismo responde después de ese tiempo y es procedente la solicitud, estará obligada a pagar intereses. La solicitud debe hacerse a más tardar el día 31 de julio.

Con información de Reforma

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