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Economía

SAT publica lista negra de factureras: detecta a 171 implicados en emisión de comprobantes fiscales engañosos

Las personas físicas y morales señaladas por el SAT tendrán 15 días hábiles para presentar pruebas a su favor y evitar sanciones.

Publicado el 23 de octubre, 2026
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) identificó a 171 personas físicas y morales por emitir, presuntamente, comprobantes fiscales engañosos, incumpliendo con el Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. 

A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la autoridad tributaria indicó que los señalados emitieron facturas sin contar con los activos necesarios para prestar los servicios que amparan estos comprobantes.

De acuerdo con el SAT, estos contribuyentes ya fueron notificados de forma personal o a través de su buzón tributario. Hasta el momento, la institución no ha dado detalles sobre los montos por los cuales realizaron las facturas ni las posibles sanciones que podrían recibir los implicados. 

Como consecuencia de lo anterior, las autoridades ya referidas ubicaron a los contribuyentes en el supuesto de presunción previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por lo que en tal sentido les notificaron a cada uno de ellos el oficio individual de presunción”, indicó el SAT en el DOF.

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Fotoarte: Mariana Flores

¿Qué pasará con las empresas señaladas por el SAT?

De acuerdo con el artículo 69-B del Código Fiscal, las empresas y personas señaladas por la autoridad tributaria deberán de presentar pruebas a su favor ante las autoridades en los siguientes 15 días hábiles.


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Según la legislación, en este lapso los señalados podrán pedir una prórroga de cinco días hábiles a través de su buzón tributario. Pasado este tiempo, la autoridad tributaria tendrá 50 días para valorar los documentos proporcionados y notificar la resolución del caso.

La prórroga solicitada en estos términos se entenderá concedida sin necesidad de que exista pronunciamiento por parte de la autoridad y se comenzará a computar a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo previsto en el párrafo anterior”, se lee el artículo 69-B.

El Código Fiscal detalla que el SAT podrá determinar los créditos fiscales que deberán de pagar los señalados. Si la autoridad no difunde su resolución tras los 50 días establecidos, las acusaciones en contra de las empresas y personas físicas quedarán anuladas.

Si la autoridad no notifica la resolución correspondiente, dentro del plazo de cincuenta días, quedará sin efectos la presunción respecto de los comprobantes fiscales observados, que dio origen al procedimiento (…) En caso de que la autoridad fiscal detecte que una persona física o moral no acreditó la efectiva prestación del servicio determinará el o los créditos fiscales que correspondan.”, se lee en el artículo 69-B.

Los implicados en las facturas engañosas 

De los 171 señalados por el SAT destacan 36 personas físicas y 135 empresas, que pertenecen a diferentes sectores económicos. Entre las compañías señaladas están: 

  • Automotriz 3F
  • Adelimk
  • Alphara Global
  • Aegro Bienes y Servicios
  • Arquitectura y Concreto Brutale
  • Combustibles de Arabia 
  • North American Heavy Equipment 
  • Servicios logísticos Pantone

Hasta el momento, el SAT no ha notificado de alguna suspensión temporal o de restricciones preventivas, por lo que los señalados mantienen sus operaciones con normalidad.

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