Nota del Editor: Este texto fue actualizado a las 8:10 pm con la aprobación del Pleno.
Los estados y municipios del país podrán diferir el pago de las deudas que tienen en el corto y largo plazo y podrán asignar un mayor gasto en diferentes rubros presupuestarios para que puedan mitigar la crisis que vive el país por efecto de la pandemia del COVID-19.
La Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular (26 votos a favor, dos en contra y una abstención) el proyecto de decreto para reformar la Ley de disciplina financiera de estados y municipios que se aprobó en 2016 en el gobierno de Enrique Peña Nieto, justamente con el objetivo de que las entidades federativas no se endeudaran tanto.
Posteriormente, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular el dictamen, con lo que pasará al Senado para su análisis y posible aprobación.
#ÚltimaHora 303 votos a favor, 93 en contra y 2 abstenciones. Aprobado, en lo general y particular, el dictamen que reforma diversas leyes en materia de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios. Pasa al @senadomexicano https://t.co/SAT0mLZJ7p
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) October 20, 2020
Entre las medidas que se aprobaron en el dictamen están que, si un estado presenta una caída de su Producto Interno Bruto (PIB), la Federación deberá respaldar sus finanzas públicas, indicó la diputada del Partido Verde Ecologista de México, Lilia Villa Fuerte.
“Se permitirá la reestructuración de deuda a corto plazo, celebrada en el ejercicio anterior cuando se registre la caída del PIB de la entidad”, dijo en el pleno de San Lázaro.
La propuesta también permitirá a los estados y municipios diferir los pagos de deuda de corto y largo plazo hasta por un periodo de 12 meses, apuntó.
Además, se facilitará el registro de proyectos en municipios de menor población y proyectos con asistencia técnica por parte de organismos internacionales, agregó Villa Fuerte.
Se establece un Techo de Financiamiento Neto hasta del 20% de sus ingresos de libre disposición a estados con base en el Sistema de Alertas y aquellos que presenten un endeudamiento en observación tengan un techo equivalente al 10% de sus ingresos de libre disposición
Los ingresos de estados y municipios se han visto afectados porque reciben menores ingresos del ramo 28 de Participaciones, el cual se fondea de los ingresos que se obtienen por el cobro de impuestos. Pero la crisis económica ha golpeados estos ingresos y por tanto la situación de los estados.
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Financiamiento debe ser aprobado por congresos locales
Para buscar financiamiento, las entidades federativas deben cumplir con los siguiente puntos:
- No podrán buscar financiamiento directa o indirectamente internacional.
- Los financiamientos deben hacerse bajo las mejores prácticas y condiciones del mercado.
- Los gobiernos estatales deben informar a los congresos locales el ejercicio de la deuda en la Cuenta Pública.
- Los financiamientos deben ser aprobados por dos terceras partes de los legisladores presentes, quienes deben analizar la capacidad de pago de los estados.
- Los estados y municipios pueden contratar obligaciones de corto plazo a efecto de atender necesidades temporales de liquidez, las cuales deben ser liquidadas tres meses antes de que concluya la administración.
La diputada del Partido Acción Nacional (PAN) Patricia Terrazas comentó que en la Ley de disciplina financiera de estados y municipios también se agregarán las bases para apoyar a las entidades federativas cuando exista una pandemia o una emergencia sanitaria como la que vive hoy el país.
El dictamen busca promover acciones que permitan atender a la población afectada por la emergencia sanitaria, promover la reactivación económica y profundizar acciones que fortalezcan las haciendas locales mediante las siguientes medidas:
- Las entidades federativas podrán diferir pagos de deuda de corto y largo plazo hasta por 12 meses apoyando su liquidez.
- Las transferencias federales etiquetas del 2019 podrán devengarse y pagarse en diciembre del 2020 y las del 2020 se pagarán en octubre del 2021, siempre que los recursos hayan estados comprometidos en diciembre.
- Se incrementa el porcentaje de adeudos ejercicios anteriores, de tal suerte que de manera transitoria empiecen el 2021 con un 5% en lugar del 2%.
El dictamen también incluye las siguientes propuestas:
- En servicios personales presupuestados, los estados podrán aumentar sus erogaciones para atender la emergencia.
- Se incorpora la definición de emergencia o contingencia sanitaria para tener recursos previstos para desastres naturales.
- Los estados podrán presentar balances negativos por emergencia sanitaria y con ello los estados podrán solicitar mayor endeudamiento si es necesario.
También se propone las siguientes medidas cuando los estados y municipios presenten abruptas caídas de su PIB mayores a 5%:
- Líneas de financiamiento globales, incluso municipales para que los estados puedan realizar procesos competitivos por nombre y cuenta de municipios reduciendo costos.
- Disminución de requisitos para municipios que tengan una población menor a 200,000 habitantes.
- Exclusión de requisitos en proyectos con asistencia técnica para acceder a créditos con mejores condiciones financieras.
- Proyectos con alto impacto que generen ingresos inmediatos a la hacienda local y que la Banca de Desarrollo otorgue créditos de corto plazo.
- Se faculta a los congresos locales para otorgar financiamiento de dos a tres años.