Tres reformas de las que el sector inmobiliario debe estar al tanto
Tres reformas de las que el sector inmobiliario en CDMX debe estar al tanto

Tres reformas de las que el sector inmobiliario en CDMX debe estar al tanto

El Congreso de la Ciudad de México está por iniciar una jornada activa en cuanto a cambios en algunas legislaciones que impactan al sector inmobiliario, como cambios a la ley de condominios, uso de suelo y desarrollo urbano

Estas reformas han sido presentadas en lo que va del mes.

Ley de condominios

La presentó el diputado Fernando José Aboitiz Saro, el 11 de marzo, integrante del Partido Encuentro Social, y tiene por objeto modificar el artículo 88 de la Ley en Propiedad de condominio en lo relativo a los inquilinos que no pagan cuotas de administración, mantenimiento o extraordinarias.

De acuerdo con su planteamiento, la reforma pretende hacer más ágil el cumplimiento de las obligaciones de los propietarios y poseedores de las unidades de propiedades.

La ley actual establece que en caso de que existan propietarios morosos de estas cuentas, la administración puede realizar acciones civiles para asegurar el pago, sin embargo exige una asamblea previa entre el resto de los inquilinos.

Y es ese paso el que pretenden eliminar.

“Si el Administrador tiene la facultad para acudir ante las autoridades competentes para iniciar procedimientos administrativos y judiciales contra condóminos o poseedores morosos, no vemos el caso de que por virtud de la ley se le imponga el obstáculo de citar a una reunión especial, máxime que solo se contemplan sesiones ordinarias y extraordinarias, de tal manera que no se explica cómo se le ocurrió al legislador incluir una reunión especial para que autoricen al Administrador iniciar dichos procedimientos, pues este requisito entorpece cuando menos la facultad del Administrador para ejercer el derecho de iniciar procedimientos administrativos y judiciales” indica el documento.

De aprobarse la reforma, ésta se incluirá en el artículo 43 que los administradores deben notificar “al comité de vigilancia y a la Asamblea General del inicio de dichos procedimientos, así como la resolución definitiva que recaiga a los mismos”.

Además se eliminarían las fracciones uno a la cuatro que contempla las acciones previas las acciones civiles o judiciales en contra de los morosos.

Uso de suelo

Otra de las iniciativas es el proyecto de decreto presentado el 9 de marzo por el diputado Víctor Hugo Lobo Román, del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

La propuesta es incrementar la participación que tienen los Concejos de las Alcaldías dentro de los cambios en uso de suelo.

De acuerdo con su información, los Concejos son órganos colegiados electos en cada demarcación territorial, que tienen como funciones la supervisión y evaluación de las acciones de gobierno, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del Proyecto de Presupuesto de Egresos correspondiente a las demarcaciones territoriales.

Estos órganos son electos cada tres años.

Entre sus funciones también se encuentra el “emitir opinión respecto a los cambios de uso de suelo y construcciones dentro de la demarcación territorial”. Sin embargo, en su opinión, actualmente no es obligatorio que los dictámenes de cambios de uso de suelo incluyan la opinión favorable de este órgano.

Así, la iniciativa busca incluir una fracción en el artículo 42 referente a las modificaciones para cambiar el uso del suelo urbano en predios particulares, para destinarlos al comercio, servicios de bajo impacto urbano o a la micro y pequeña industria.

El texto añadido indica que será obligatorio “considerar para cualquier modificación de uso de suelo la opinión del Concejo o Concejos de las Alcaldías involucradas”.

Del mismo modo en el artículo 257 que habla de los componentes de un dictamen se incluye que ”para el caso de proyectos de dictámenes vinculados a cualquier iniciativa relacionada con modificaciones de uso de suelo, se deberá considerar invariablemente la opinión del Concejo o Concejos de las Alcaldías involucradas”.

Estas disposiciones aplican para instalar usos de suelo, comercio, servicios, administración y oficinas de bajo impacto urbano, en locales de hasta 250 metros cuadrados de superficie construida y, en inmuebles de patrimonio cultural urbano de hasta 750 metros cuadrados.

Ley de desarrollo urbano

El diputado sin partido, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, propuso también el 11 de marzo una serie de actualizaciones en la Ley de Desarrollo Urbano, principalmente para incluir temas relacionados con el desarrollo metropolitano.

Propone incluir dentro del artículo tercero la definición de de Desarrollo Urbano como “el proceso de planeación y regulación de la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población”.

Así como la definición de Desarrollo Metropolitano como “proceso de planeación, regulación, gestión, financiamiento y ejecución de acciones, obras y servicios, en las que dependiendo de la, extensión, complejidad y la población, podrán participar en forma coordinada los tres órdenes de gobierno de acuerdo con sus atribuciones”, definición que no se encuentra actualmente en la regulación pese al fuerte intercambio de población y actividad económica existente entre la CDMX y las zonas aledañas.

El documento también incluye que el gobierno de la ciudad pudiera planear proyectos de carácter metropolitano.

Pues se planea agregar en el artículo siete referente a las atribuciones del gobierno de la ciudad que las administraciones federal, estatales o municipales firmen acuerdos y convenios “para la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional, urbano y rural, en las que podrán participar los sectores social y privado”.

La fecha de cierre de la consulta será el 18 de marzo.  Hasta el momento ninguna ha sido discutida, sin embargo en caso de ser aprobadas entrarían en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

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