Durante el mes de abril el Consejo de Administración del Infonavit aprobó las reglas de operación de la reforma al instituto. Este documento contiene las disposiciones generales y requisitos que deberán cumplir los derechohabientes para acceder a un crédito.
El documento debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación, sin embargo EL CEO obtuvo la versión previa disponible en la Comisión Nacional Regulatoria.
Los principales puntos
Uno de los principales objetivos de la reforma es ampliar el universo de derechohabientes. Así, una de las primeras disposiciones es que se define como sujeto de crédito “a las personas titulares de depósitos constituidos a su favor ante el Instituto”.
Este cambio permite incluir a las personas que no tienen una relación laboral vigente al momento de solicitar el crédito.
Otro de los cambios es el tipo de propiedad que puede ser sujeta a financiamiento del instituto. El documento indica que las viviendas financiadas deben ser: cómodas, higiénicas, seguras y duraderas, es decir que no deben estar ubicadas en zonas de riesgo, de acuerdo con el Atlas de Riesgo de cada localidad.
También considera que para ser duradera requiere tener una vida útil mínima comprobable de 30 años contados a partir de la entrega del crédito. En el mismo sentido debe contar con instalaciones sanitarias, hidráulicas y eléctricas, gas LP o natural u otro tipo de combustible.
Se hace explícito que debe de contar también con acceso a opciones de movilidad y servicios urbanos como pavimento, banquetas o áreas verdes y con uso de suelo habitacional o mixto.
Otro de los puntos relevantes es el crédito para adquisición de terreno.
Los terrenos para ser sujetos a crédito deben contar a pie de lote con acceso y conexión efectiva y definitiva a la provisión de los servicios públicos de energía eléctrica, abastecimiento de agua potable, desalojo de aguas residuales y pluviales, alumbrado público, telecomunicaciones y recolección y disposición de residuos sólidos.
Se indica que el Consejo de Administración determinará los medios de evaluación para vigilar el cumplimiento de estos requisitos, y la evaluación deberá considerar la cercanía del terreno a zonas de trabajo, centros de salud, educativos, de abasto y recreativos.
Del mismo modo que la vivienda, el suelo no debe encontrarse en zonas de riesgo alto o muy alto.
En caso de encontrarse dentro de un desarrollo habitacional, debe contar con acceso pavimentado, guarnición, espacios reservados para áreas verdes y equipamiento urbano. Si se trata de suelo ubicado en localidades semiurbanas y rurales el Consejo de Administración podrá autorizar “modalidades de carácter general que posibiliten el cumplimiento de los requisitos contenidos en la presente regla”, indica el documento.
La reforma también permitirá que las personas utilicen su crédito para el pago de pasivos. Al respecto se indica que el monto de ahorro se podrá usar en préstamos sólo de instituciones financieras. Además el saldo pendiente de la deuda no puede ser mayor al ahorro en la cuenta del instituto.