La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) otorgó ciertas facilidades administrativas a las emisoras, con activos inscritos en el Registro Nacional de Valores, entre los que destaca ampliación de tiempos para presentar sus reportes trimestrales.
La CNBV dijo en un comunicado que las facilidades administrativas son de carácter temporal, con la finalidad de cumplir con sus obligaciones de presentación de diversa información periódica en términos de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores, así como de las Disposiciones de carácter general aplicables a entidades y emisoras supervisadas por la Comisión que contraten servicios de auditoria externa de estados financieros básicos.
Las facilidades administrativas abarcan:
- Informes presentados en las asambleas de accionistas;
- Informes anuales;
- Estados financieros;
- Documentación suscrita por auditores externos e
- Información sobre tenencia accionaria.
- Información trimestral, incluyendo Estados financieros.
En capitalización
La comisión también otorgó facilidades regulatorias temporales en materia de capitalización, entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021, de forma que las instituciones de banca múltiple puedan utilizar el suplemento de conservación de capital (conocido como buffer de capital) sin deteriorar su solvencia mínima.
Las facilidades regulatorias consisten, entre otras medidas, en que al usar los suplementos de conservación de capital, las instituciones de banca múltiple no tendrán que presentar para aprobación de la CNBV el plan de conservación de capital, siempre que dicho suplemento se consuma en un máximo de 50%; sólo informar a la CNBV y no a su consejo de administración las causas que originaron el uso del suplemento, o bien solicitar autorización a la Comisión para que, en casos justificados, las instituciones puedan incrementar los montos dispuestos de los financiamientos otorgados a personas relacionadas.
Posterga entrada en vigor de regulaciones
A efecto de dar facilidades administrativas a las instituciones de crédito para su cumplimiento, la CNBV posterga la entrada en vigor de estándares internacionales y otros preceptos prudenciales contenidos en las disposiciones.
La resolución referente a la implementación del estándar internacional conocido como IFRS9 y la recalibración de la cartera crediticia comercial, será el 1 de enero de 2022, la cual originalmente estaba prevista para el 1 de enero de 2021.
El Método del Indicador de Negocio para el cómputo de requerimientos de capital por riesgo operacional se publicará en el Diario Oficial de la Federación hasta que se determine que hay estabilidad en los indicadores de capital, o bien la capacidad operativa de las instituciones sea reinstalada, previa evaluación de la situación.
Para el estándar relativo al requerimiento de Capacidad Total para la Absorción de Pérdidas se publicará en el DOF cuando se considere que las condiciones económicas permiten su implementación por parte de las instituciones de crédito.
Facultades del presidente de la CNBV
La CNBV informó que se se prorrogaron las facultades de su presidente, Juan Pablo Graf, por el tiempo necesario para hacer frente a la contingencia sanitaria y sus efectos, quedando igualmente facultado para ampliar el término del periodo en el que se suspenden los plazos.
Lo anterior en consistencia con las medidas establecidas por las autoridades sanitarias del país que permiten mantener las acciones tendientes a evitar la propagación del COVID-19, ampliadas al 30 de abril de 2020.